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    Garantizar protección para no fumadores busca reforma de ley

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    El diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Pablo Rodríguez Rodarte, presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Protección de la Salud de los no fumadores a fin de proteger a la población de las consecuencias que causa el consumo de tabaco y la exposición al humo.

    Durante la sesión del Congreso estatal, el legislador zacatecano expuso que el tabaquismo produce más de 60 mil muertes al año, es decir, alrededor de 165 mil defunciones al día.

    Por ello, agregó, es una obligación del estado proveer los ordenamientos jurídicos que protejan la salud de la población, mediante disposiciones en las que se adopte una forma de vida que garantice a la población no estar expuesta al cigarrillo con la implementación de espacios 100 por ciento libres de humo.

    El legislador local hizo referencia que el 21 de mayo de 2003 y el 27 de febrero de 2005 entró en vigor el convenio marco de la Organización Mundial de la Salud para el control del tabaco, tratado internacional que se suscribió en 174 países, incluyendo México.

    En el país, dijo, este convenio cumplirá 7 años de vigencia, lo que revela que existe un rezago en el marco legal nacional en la materia, pues no ha sido actualizado en su totalidad lo contenido en el mismo.

    “El 30 de mayo de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley General para el Control del Tabaco, la cual aún queda por debajo de los requerimientos del instrumento internacional en varios temas”, comentó.

    Mientras, dijo, hay situaciones que no han sido cumplidas en su totalidad como es el caso de los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco, pues todavía se contempla la posibilidad de que existan zonas en el interior de espacios cerrados donde se permita fumar.

    “Es necesario que Zacatecas cuente ya con un ordenamiento 100 por ciento libre de humo de tabaco que proteja de mejor forma a su población. Desafortunadamente, en su Ley de Protección de la Salud de los No Fumadores, publicada en el Periódico Oficial en 2011, se sigue contemplando que en establecimientos donde se vendan alimentos y bebidas se pueda contar con áreas para fumar en su interior”, reprochó.
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    Las modificaciones a la ley vigente
    El diputado panista propuso que se homologue el término utilizado para designar el área donde se podrá fumar en los establecimientos, pues se nombran tanto las secciones reservadas para fumadores como las zonas exclusivas para fumar, es decir, que se designen espacios al aire libre para fumar.

    Respecto a los establecimientos que violenten estos ordenamientos, propuso que sean sancionados, pero no con multas de 50 a 100 salarios mínimos, sino con penas máximas de hasta 10 mil veces el salario mínimo, es decir, 590 mil 800 pesos, ya que las anteriores eran montos muy bajos, solo por 2 mil 954 a 5 mil 908 pesos.

    FOTO: OSVALDO MARTÍNEZ

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