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    Desecha Trijez publicaciones en Facebook como propaganda política

    Sesión pública del Trijez
    Sesión pública del Trijez. (Zacatecasonline)

    Magistrados desecharon acusaciones por actos anticipados de campaña contra Octavio de la Torre Jiménez, aspirante del PAN a la alcaldía de Jerez, por promoción de su imagen en redes sociales.

    2 procedimientos especiales sancionadores fueron promovidos por el PRI y el PVEM contra De la Torre y el PAN por presuntos actos anticipados de campaña por la alcaldía de Jerez, utilización de recursos públicos para promocionar su imagen y entrega de artículos utilitarios.

    El PRI ofreció como medios de prueba imágenes de Facebook, pero el órgano jurisdiccional determinó que dichos mensajes, por sí solos, sin que existan otros medios que los vinculen, resultan insuficientes para considerarlos como propaganda electoral.

    En el mismo procedimiento se acreditaron actos anticipados de campaña por parte de Octavio de la Torre, por la difusión de una entrevista en la revista Gente & Estilo.

    Durante sesión pública celebrada este miércoles, se determinó “culpa in vigilando” del PAN por faltar a su deber de vigilar la conducta de su entonces precandidato. Por lo anterior, el pleno les impuso una amonestación pública.

     

    Otras impugnaciones
    El tercer procedimiento especial sancionador fue promovido por el PRI contra Eleuterio Ramos Leal, presidente municipal de Valparaíso, por su presunta participación en 3 eventos políticos llevados a cabo por la Coalición Unid@s por Zacatecas.

    El Tribunal determinó declarar inexistente la denuncia, pues se comprobó que la asistencia a dichos actos políticos por parte del alcalde se realizó en días inhábiles.

    Se resolvió también el procedimiento promovido por Morena contra Rafael Sescosse Soto, en su carácter de Jefe de la Oficina del Gobernador del Estado, y Jorge Torres Mercado, en su calidad de candidato a diputado de mayoría relativa en el distrito 7, por la presunta utilización de recursos públicos en favor de Alejandro Tello Cristerna.

    Los magistrados determinaron que las pruebas aportadas carecían de eficacia para acreditar la irregularidad y, por tanto, declararon la inexistencia de la infracción.

    El quinto procedimiento fue promovido por Morena contra el PRI por la publicación de encuestas de opinión en la red social Facebook durante periodo prohibido.

    El pleno determinó que la imagen que aportó el denunciante fue insuficiente para establecer la responsabilidad del PRI.

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