La Secretaría de Gobernación emitió el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas de disposiciones de la Ley de la Administración Pública Federal y otras legislaciones para crear la dicha dependencia.
Establece que el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes se transforma en la Secretaría de Cultura, por lo que todos sus bienes, recursos materiales, financieros y humanos, así como documentación y archivos se transferirán a ella.
Estas modificaciones establecen, entre otras, las siguientes facultades y obligaciones de la Secretaría de Cultura:
- Elaborar y conducir la política nacional en la materia.
- Conservar, proteger y mantener los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos que conforman el patrimonio cultural de la Nación.
- Coordinar las acciones de las instituciones públicas sobre investigación científica en relación a la antropología e historia.
- Cultivo, fomento, estímulo, creación, educación profesional, artística y literaria, investigación y difusión de las bellas artes, las bellas letras en todos sus géneros y la arquitectura.
Los institutos nacionales de Antropología e Historia y de Bellas Artes y Literatura continuarán rigiéndose por sus respectivas leyes y demás disposiciones aplicables y dependerán de la Secretaría de Cultura, la cual ejercerá las atribuciones que en dichos ordenamientos se otorgaban a la de Educación Pública.
Los órganos administrativos desconcentrados denominados Radio Educación e Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México se adscribirán a la Secretaría de Cultura y mantendrán su naturaleza jurídica.




