Para evitar accidentes que pongan en peligro la vida o la salud de quienes transitan a pie por las vialidades de Zacatecas, la Dirección de la Policía de Seguridad Vial (DPSV) informó sobre diversas medidas preventivas que establece la Ley y Reglamento de Tránsito del Estado.
Francisco Oswaldo Caldera Murillo, el titular de la dependencia, expuso derechos y obligaciones que se establecen en el Capítulo II, Sección I de la citada ley.
Destacó la preferencia que tienen los peatones para cruzar en las vías públicas, y el derecho que tienen a recibir orientación adecuada del personal de Seguridad Vial.
También tienen derecho a recibir ayuda para cruzar las calles, especialmente, los menores de 12 años, adultos mayores y quienes no se encuentren en pleno uso de sus facultades físicas o mentales.
El Artículo 37 de la citada normatividad señala que, al cruzar por vía pública, deberán observar las siguientes medidas preventivas:
- Cruzar en las esquinas o en zonas especiales y atender las indicaciones de las autoridades.
- Evitar cruzar a la mitad de la cuadra
- Abstenerse de transitar por la superficie de rodamiento de las calles, ya sea a pie o en vehículos no autorizados.
- Cuando no existan banquetas, los peatones deberán circular por el acotamiento, y a falta de éste por la orilla de la vía, procurando ir en sentido contrario al tránsito de los vehículos.
- En las calles, avenidas, calzadas, bulevares y cualquier tipo de vialidad donde existan puentes peatonales, deberán utilizarlos para cruzar.
- Toda persona que pretenda cruzar una vía por un lugar que no sea la zona peatonal deberá ceder el paso a todos los vehículos que, por su cercanía o velocidad, constituyan un peligro.
- Conductores están obligados a mantenerse en alto hasta que menores de 12 años, adultos mayores o personas con discapacidad crucen totalmente la vía, y deberán esperar sin emitir sonidos del claxon o motor ni agredirlos.
Evita percances al caminar o conducir por la vía pública observando y difundiendo estas recomendaciones.




