Organizaciones zacatecanas emitieron un desplegado para dar a conocer su postura, en la que se oponen a elevar esta actividad al rango de Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado, iniciativa que será discutida este miércoles en la Legislatura local:
A los C. Diputados de la LX Legislatura
A la opinión pública
Ante la posibilidad de que hoy 13 de febrero de 2013 los diputados de la LX Legislatura aprueben la iniciativa con proyecto de decreto para declarar la pelea de gallos Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado de Zacatecas, las asociaciones aquí firmantes: El Muro Zacatecas AC, Tlanempan AC, Asociación Protectora de Animales de Zacatecas (APAZ), Pro Animal y Albergue Reskte Animal Zacatecas, todas agrupaciones protectoras de animales en Zacatecas externamos nuestro rechazo a dicha propuesta creada por los diputados Ramiro Rosales Acevedo y Alfredo Barajas Romo.
La iniciativa argumenta el valor inmaterial y cultural de las peleas de gallos al considerar que “son parte del pasado de nuestra entidad así como del proceso de conformación de nuestro país… es una actividad que funge como testigo permanente de otra civilización teniendo gran importancia y difusión en la actualidad para la sociedad zacatecana y constituye una actividad que promueve el turismo y la recreación”.
La convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad.
Además se tendrá en cuenta únicamente como Patrimonio Cultural Inmaterial los casos que sean compatibles con los instrumentos internacionales de los derechos humanos existentes y con los imperativos de respeto mutuo entre comunidades, grupos e individuos y de desarrollo sustentable.
De ninguna manera las peleas de gallos se ajustan a las definiciones presentadas, ni tampoco representa a la mayoría de la población. Por el contrario los firmantes creemos que el abuso hacia los animales es un factor social que tiene implicaciones más allá del maltrato animal, puesto que genera una espiral de violencia que tarde o temprano tendrá impacto en la sociedad.
En un estado como Zacatecas donde el tema de la violencia lastima severamente a sus ciudadanos, creemos que este tipo de iniciativas poco abonan a mejorar el clima social, tampoco contribuyen a fortalecer los valores culturales y sociales. Consideramos que en la entidad hay manifestaciones culturales que merecen más atención desde el ámbito legislativo y requieren ser fortalecidas con recursos públicos, en cambio de las peleas de gallos históricamente se han financiado con dinero privado, sin contar que son un espectáculo que implica maltrato animal y tienen poco significado cultural para el estado.
Además, consideramos que apoyar actos como la lidia de gallos violenta derechos constitucionales de participación ciudadana, cultura de calidad y el derecho de ser educados para la paz y no para la violencia.
La Declaración Universal de los Derechos de los Animales adoptada por México, establece en su artículo 3 que ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles y si es necesaria su muerte ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia. El artículo 10 de la misma declaración señala que ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre. Por tanto consideramos lamentable que haya representantes populares que pretendan elevar a rango de Patrimonio Cultural Inmaterial las peleas de gallos.
Referir además que en el Distrito Federal a partir del primero de febrero de este año se tipificó en el Código Penal el maltrato animal, por lo que resulta contradictorio que mientras en el país la tendencia es legislar a favor de los animales, en Zacatecas se retroceda en este tema.
La democracia es una forma de organización del Estado en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que confieren legitimidad a sus representantes. En el caso de esta iniciativa la decisión de dicha declaración recayó en unos cuantos, faltando el consenso ciudadano.
Al tratarse de una disposición legislativa de “trascendencia” para el estado, consideramos que previo a su votación es necesaria la realización de un referéndum como se sustenta en el artículo 45 de la Constitución Política del Estado de Zacatecas, pues éste es un instrumento democrático de participación ciudadana que puede aprobar o rechazar disposiciones legislativas de notoria trascendencia para la vida común.
Hacemos el llamado respetuoso a los legisladores zacatecanos a que sus decisiones se fundamenten en el bienestar de la mayoría y para ello es necesario escuchar a los sectores de la población interesados en el tema.
Atentamente:
El Muro Zacatecas AC, Tlanempan AC, Asociación Protectora de Animales de Zacatecas AC. (APAZ), Proanimal y Albergue ReskteAnimal Zacatecas.
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