Los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJEEZ) confirmaron la decisión del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) de negar el registro como candidato independiente a la alcaldía de Zacatecas a José Jaime Enríquez Félix, pues no presentó ninguna firma apoyando su candidatura independiente.
En su demanda Jaime Enríquez señaló que el reglamento es anticonstitucional pues, a su parecer, el IEEZ no tiene la facultad de emitirlo y los requisitos de 5.333 firmas y copias de credencial de elector es excesivo y va contra la Constitución.
Los magistrados explicaron que el IEEZ tiene facultad para emitir el reglamento, pues la Ley Orgánica del propio Instituto lo establece en el artículo 23; además la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la inconstitucionalidad de la Ley Electoral del Estado dijo que correspondía al IEEZ regular los aspectos no abordados, pues la reforma incluyó pocos artículos sobre candidatos independientes.
Sobre las firmas expusieron que no es inconstitucional pues la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al impugnar el Reglamento de Candidaturas Independientes declaró que era carga excesiva la relación de apoyo ciudadano, la cantidad no se declaró como carga excesiva por lo que estipulado desde el 7 de Febrero y Jaime Enríquez estaba obligado a cumplirlo.
Otra de las quejas del actor era que el sistema jurídico mexicano impide a los ciudadanos protegerse de los atropellos del sistema político, porque no existe un recurso ni institución donde se resuelva sobre la constitucionalidad de la ley electoral y el reglamento, y a la fecha él no ha podido impugnarla.
Los magistrados señalaron que José Jaime Enríquez Félix podía impugnar el Reglamento a través de un Juicio Para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, pues las Salas del Tribunal pueden resolver la no aplicación de leyes o reglamentos que sean contrarias a la constitución.
Como prueba mencionaron la impugnación al Reglamento de Candidaturas Independientes que se hizo a través del juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, argumentando los agravios que hasta ahora pretende hacer valer Jaime Enríquez.
El citado fue presentado el 13 de Febrero del presente año, Marco Antonio Torres Inguanzo, Juan Francisco Valerio Quintero y Rogelio Cárdenas Hernández, la Sentencia se dictó el 7 de Febrero, y las claves asignadas son: SU-JDC-41/2013, SU-JDC-42/2013 Y SU-JDC-43/2013.
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