El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) hizo una amonestación pública al Partido Revolucionario Institucional (PRI) y a su candidato a alcalde de Fresnillo, Benjamín Medrano Quezada.
En sesión extraordinaria, se declaró fundada la queja interpuesta por Juan José Enciso Alba, representante propietario del Partido del Trabajo (PT), por actos anticipados de campaña del aspirante tricolor.
Medrano colocó propaganda electoral alusiva a su candidatura antes de que el IEEZ le otorgara el registro, lo cual se traduce en una falta de acción, sustancial y de resultado.
Dicha conducta tuvo lugar el 6 de mayo de este año, a las 2 horas con 5 minutos, antes de que el Consejo General resolviera la procedencia del registro de candidaturas de las planillas de mayoría relativa para ayuntamientos.
El Consejo General consideró que por tratarse de una infracción leve, que no existe dolo, no es reincidente y no se acreditó un eventual beneficio o lucro, corresponde una sanción proporcional a como fue calificada.
Uso de apelativos y sustitución de candidaturas
El Consejo General del IEEZ autorizó que en las boletas electorales se incluya el nombre con el que son conocidos públicamente los candidatos, es decir el apelativo, sin que ello implique la sustitución de su nombre y apellidos.
El órgano electoral aprobó las sustituciones de las candidaturas a cargos de elección popular solicitadas por la coalición Alianza Rescatemos Zacatecas y los partidos Acción Nacional, del Trabajo, Verde Ecologista de México y Movimiento Ciudadano, así como por Rogelio Cárdenas Hernández, candidato independiente para el Ayuntamiento de Zacatecas.
Esto luego de que presentaron las solicitudes de sustitución de candidaturas, así como la documentación prevista en los artículos 124 y 125 de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas.
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