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    Ordena el TCA al Issstezac pagar impuesto predial

    Luego de una disputa legal entre el ayuntamiento de Zacatecas y el Issstezac, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo resolvió que este último deberá pagar impuesto predial por sus bienes inmuebles.


    En diciembre de 2009, el ayuntamiento capitalino requirió al Issstezac un pago de 2 millones 266 mil pesos por dicho gravamen municipal, pero el organismo de seguridad social estatal se negó a pagar y llevó el asunto a juicio.

    Este miércoles 4 de agosto, el tesorero municipal de Zacatecas, Ignacio Sánchez, informó en conferencia de prensa que el Tribunal resolvió a su favor.

    Detalló que la única observación del órgano de justicia administrativa que se desglose y precise el pago por cada uno de sus 43 bienes inmuebles que tiene en la capital del Estado.

    A la cantidad que se había requerido, que corresponde a los años 2007, 2008, 2009 y 2010, se le sumará un 5% por recargos, multas y costos de operación.

    El tesorero agregó que el municipio de Zacatecas cumple puntualmente al Issstezac con los pagos de sus trabajadores, por lo que espera la misma respuesta del organismo paraestatal ahora que se ha dado la sentencia.

    Advirtió que de no pagar se seguirá cayendo en mora y la cantidad aumentará, además el municipio podría dejar de aportar sus cuotas al Issstezac para cobrarse el adeudo.

    Ignacio Sánchez reconoció que el Issstezac puede ampararse contra la resolución del tribunal, pero dijo esperar que no recurra a este recurso legal y cumpla con sus obligaciones.

    Agregó que los recursos que se logren recaudar al Issstezac se invertirán en programas sociales y para dejar un equilibrio financiero al siguiente gobierno municipal, ya que uno de los principales problemas de los municipios es la baja recaudación.

    El argumento
    La defensa del Issstezac se basa en el artículo 116 de la Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas, que señala:

    “Los bienes inmuebles pertenecientes al Instituto, gozarán de las franquicias, prerrogativas y privilegios concedidos a los fondos y bienes del Estado. Dichos bienes así como los actos y contratos que celebre el Instituto, estarán exentos del pago de impuestos y derechos en los casos permitidos por las leyes aplicables…”.

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