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    Multa IEEZ al PT por propaganda en lugar prohibido

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    El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) impuso una multa de 81 mil pesos al Partido del Trabajo (PT) y determinó dar vista a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) por la afectación al medio ambiente, además de que el PRI podría presentar una denuncia de carácter penal.

    El Consejo General declaró fundadas las denuncias interpuestas por Clivia Fabiola Meza García, representante propietaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI) ante el Consejo Municipal Electoral de Fresnillo, Zacatecas, en contra del PT por infracción a los artículos 51 y 140 de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas.

    Por mayoría de votos, se impuso al Partido del Trabajo una multa equivalente a 1.320 cuotas de salario mínimo general vigente en Zacatecas por la pinta de propaganda electoral sobre accidentes geográficos (como son los cerros en los que se puede apreciar la pinta en árboles, plantas y arbustos).

    La causa de la denuncia es que se podría generar un desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos para proteger el medio ambiente

    También se ordenó turnar el expediente y la resolución a la delegación de la Profepa a efecto de que en ejercicio de sus facultades determine lo conducente, respecto de la protección del medio ambiente.

    El Consejo General del IEEZ determinó que es procedente la imposición de una sanción al Partido del Trabajo, pues incumplió con su obligación de garante, ya que aceptó y toleró la existencia de propaganda electoral de dicho partido político en los accidentes geográficos, en Fresnillo, Zacatecas, con las características y ubicaciones siguientes:

    • 1 pinta en el cerro conocido como de “Chilitos”, ubicado en la carretera federal 45, conocida como Panamericana a la altura del kilómetro 54 en el tramo Fresnillo-Zacatecas, de medidas aproximadas de 30 x 20 metros.
    • 2 pintas en el cerro “La Chicharrona o «El Gordo”, frente a la carretera Panamericana en el tramo Fresnillo-Durango, a la altura de la comunidad Ramón López Velarde, de medidas aproximadas de 80 x 50 metros.
    • 2 pintas en el cerro “Santa Cruz”, de medidas aproximadas de 80 x 50 metros, localizado en la carretera estatal 44, en el tramo Fresnillo-Valparaíso,a la altura aproximada de los kilómetros 11 y 12 y, de igual forma, a la altura aproximada de los kilómetros 15 y 14 en el entronque a la comunidad El Salto.

    De acuerdo con el Consejo General, esta conducta se traduce en un posible beneficio a su favor, puesto que la propaganda contiene elementos que forman parte del emblema del PT, con los que la ciudadanía lo distingue entre los demás partidos políticos o coalición.

    También se tomó en consideración que la temporalidad de exposición es en el periodo de campañas, con propaganda electoral ubicada en los cerros de “Chilitos” y “La Chicharrona o «El Gordo” desde el 26 de mayo de este año y a la fecha aún se encuentra expuesta, y en lo que respecta del cerro de “Santa Cruz”, a partir del 9 de junio a la fecha.

    No fue un «error», indica Consejo General
    El Consejo General consideró que la irregularidad a sancionar no derivó de una concepción errónea de la normatividad por parte del PT, en virtud de que sabe y conoce las consecuencias jurídicas de este tipo de conductas.

    Indicó que por su propia naturaleza como entidad de interés público, el partido tiene la obligación de conducir sus actividades dentro de los cauces legales, lo que implicaba que debía vigilar que sus militantes, simpatizantes o terceros se abstuvieran de colocar propaganda electoral con las característica indicadas, o bien realizar las acciones pertinentes a efecto de que la conducta cesara.

    Por último, el Consejo General insistió en que el PT en ningún momento actuó bajo un “error” respecto de la norma que debía cumplir, aunado a que la conducta se calificó como grave especial.

     

    FOTO: CORTESÍA

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