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    Presentan iniciativas para controlar a diputados faltistas

    Es necesario evitar el marasmo o el desinterés que conlleven a una parálisis legislativa, expresó la legisladora Susana Rodríguez Márquez, al presentar una iniciativa que pretende reformar la Constitución Política del Estado de Zacatecas y la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como su Reglamento General.

    Esta propuesta de la actual presidenta de la Mesa Directiva tiene por objeto precisar el número de ausencias de las diputadas y diputados en un mismo periodo ordinario.

    Se propone que la cantidad máxima por sesión sea de 4 solicitudes de justificación de inasistencia, puesto que apenas representa el 13.3 por ciento del total de diputadas y diputados que integran la asamblea, y no se pone en riesgo el quórum legal que por su naturaleza es de interés público.

    Las justificaciones serán calificadas como procedentes por la Mesa Directiva de acuerdo a las reglas específicas señaladas en el Reglamento General.

    Se permitirá llamar al suplente para que asuma de inmediato las funciones y responsabilidades del diputado o diputada que por sus propias razones y justificaciones no asista ni al trabajo de Comisiones ni al Pleno de la Legislatura en un máximo de 5 ocasiones.

    Reformas para determinar causas de llamado a suplentes
    Por otra parte, los diputados Jesús Padilla Estrada y Héctor Adrián Menchaca Medrano presentaron la iniciativa para reformar la fracción 2 del artículo 56 de la Constitución Política del Estado, y el artículo 176 del Reglamento General del Poder Legislativo.

    Se establece que los diputados suplentes entrarán en funciones cuando los diputados propietarios hubiesen dejado de concurrir, sin causa justificada establecida en la Ley y el Reglamento de la Legislatura, a 2 sesiones en el mismo periodo ordinario.

    También se propone que los diputados o diputadas sólo podrán ausentarse a las sesiones del Pleno, de la Comisión Permanente y a las reuniones de comisiones por enfermedad, circunstancias familiares o causas de fuerza mayor especificadas en el ordenamiento.

     

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