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    Inicio Noticias Zacatecas Aumentan multas de Tránsito; alcoholímetro sube a 21 mil 500 pesos

    Aumentan multas de Tránsito; alcoholímetro sube a 21 mil 500 pesos

    A los conductores, que no estén en condiciones aptas para conducir por ebriedad, la sanción se actualizó a este monto máximo, mientras que a los que estén en estado de ebriedad incompleto será de 10 mil 700 pesos y a los que tengan aliento alcohólico 1.800 pesos.

    El incremento en todas las infracciones fue de hasta el doble, de acuerdo al nuevo Reglamento General de la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad del Estado de Zacatecas, que entró en vigor a partir de esta semana.

    Las multas consideran un mínimo y máximo para el monto de la infracción, en el caso del alcoholímetro lo menos por ir en estado de ebriedad son 120 Unidades de Medida y Actualización (UMA) equivalente a 10 mil 750 pesos, pero el máximo es de 240 UMA, que son 21 mil 500 pesos.

    Se toma como monto mínimo el establecido en el anterior reglamento del 2014 y como máximo el doble. En el decreto se precisa que “para imponer una multa superior a la mínima se debe considerar la gravedad de la infracción y la capacidad económica del infractor”.

    Asimismo, una multa fija transgredía la normatividad al no dar la posibilidad de ser calificada con un mínimo y un máximo en cada una de las sanciones especificadas, además estaba considerada en salarios mínimos y no en cuanto a las UMA.

    En el caso del alcoholímetro, no establece criterios precisos para aplicar una multa de 11 mil, otra de 16 mil o una de 21 mil pesos, cuando el conductor se encuentre en estado de ebriedad evidente.

    Por manejar sin licencia para conducir la multa contemplada era únicamente de 1.790 pesos, mientras que ahora esta cantidad es la mínima y la máxima es de 3.585 pesos.

    A su vez, por no traer tarjeta de circulación la sanción va de los 446 a los 893 pesos; un conductor que no porte ni licencia ni el refrendo podría pagar 4.478 pesos.

    El nuevo reglamento fue publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado este 30 de octubre. A continuación te presentamos el tabulador de infracciones y la sanción correspondiente en UMA, cuyo valor actual es de 89.62 pesos:

     

    ARTICULOS

    INFRACCIÓN

    SANCIÓN

    23, fracción I

    Portar   placas   en                lugar inadecuado.

    Multa de 5 a 10 UMA

    23, fracción I

    No          portar   tarjeta                de circulación.

    Multa de 5 a 10 UMA

    23, fracción I, a)

    La falta de una de las placas en el vehículo, o que no están instaladas en las defensas.

    Multa de 5 a 10 UMA

    23, fracción I, a)

    La falta de ambas placas en el vehículo.

    Multa de 10 a 20 UMA

    23, fracción I, b)

    La           falta       de                placa     en

    motocicleta.

    Multa de 10 a 20 UMA

    29

    Que los remolques y análogos no cumplan con las debidas condiciones de seguridad.

    Multa de 10 a 20 UMA

     

    112

    Circulación del vehículo en zona prohibida con exceso de dimensiones o fuera de horarios permitidos.

    Multa de 10 a 20 UMA

    23, fracción I, c)

    Alterar los caracteres de las placas.

    Multa de 10 a 20 UMA

    23, fracción I, d)

    Usar placas de ornato o no reglamentarias.

    Multa de 20 a 40 UMA

    23, fracción I, e) y f)

    Usar placas con cualquier alteración que impidan su legibilidad

    Multa de 20 a 40 UMA

    23, fracción I, g)

    Cuando las placas que porte el vehículo no concuerden con su registro.

    Multa de 20 a 40 UMA

    23, fracción II

    Que los vehículos no se encuentre en condiciones adecuadas para su funcionamiento.

    Multa de 10 a 20 UMA y suspensión de derecho de tránsito y transporte hasta por 90 días

    23, fracción III

    Falta de claxon.

    Multa de 3 a 6 UMA

    23, fracción X

    Circulación de los vehículos de servicios de emergencias o de servicio público que no cuenten con los colores reglamentarios.

    Multa de 20 a 40 UMA

    23, fracción II

    Vehículo que no se encuentre en buen estado de funcionamiento para que su uso se realice en aceptables condiciones de seguridad.

    Multa de 3 a 6 UMA


     

     

     

     

    23, fracción XVII

    Portación de calcomanías en el vehículo que hagan apología de un delito.

    Multa de 3 a 6 UMA

    23, fracción XV

    Circulación de vehículo cristalizados o cubiertos de pintura o materiales reflejantes los cuales tengan una transparencia de al menos del 75%.

    Multa de 10 a 20 UMA

    24, fracción VIII

    Conductor sorprendido sin portar concesión o permiso experimental vigente.

    Multa de 200 a 300 UMA

    27

    Que las motocicletas no se encuentren en adecuadas condiciones.

    Multa de 10 a 20 UMA

    28

    Que las bicicletas o bicimotos no se encuentren en condiciones óptimas.

    Multa de 3 a 6 UMA

    32, fracción I

    Falta de registro vehicular en el caso de unidades procedentes de otros estados o del extranjero

    Multa 20 a 40 UMA

    31

    Vehículo              que                no          porte guardafangos.

    Multa de 10 a 20 UMA

    32

    Falta de refrendo vehicular anual.

    Multa de 5 a 10 UMA

    32

    Falta de registro vehicular

    Multa de 10 a 20 UMA

    155, fracción II

    Incumplimiento                de

    obligaciones      fiscales derivados de los vehículos.

    Multa de 5 a 10 UMA

    155, fracción VII

    Obstaculizar o impedir deliberadamente tránsito de vehículos.

    Multa de 5 a 10 UMA


     

    33

    Cambio de carrocería o motor sin dar aviso a la Dirección.

    Multa de 20 a 40 UMA

    34

    Realizar el registro vehicular sin haber tramitado la cancelación.

    Multa de 10 a 20 UMA

    42

    Vehículo de servicio particular que maneje negligentemente.

    Multa de 5 a 10 UMA

    43, fracción I, II, III, IV, V, VII, VIII

    Violación a prohibiciones de conducta vehicular.

    Multa de 5 a 10 UMA

    43, fracción VI

    Conducción de vehículo efectuando competencias en vía pública.

    Multa de 20 a 40 UMA y retiro de vehículos de circulación vial

    43, fracción IX

    Conducción de vehículo en sentido contrario o se invada carril de contraflujo.

    Multa de 5 a 10 UMA

    43, fracción X

    Conducción        con                aliento alcohólico.

    Multa de 10 a 20 UMA

    43, fracción X

    Conducción en estado de ebriedad incompleto.

    Multa de 60 a 120 UMA

    43, fracción X

    Conducción en estado de ebriedad no apto para conducir, evidente estado de ebriedad o bajo los efectos de narcóticos.

    Multa de 120 a 240 UMA

    43, fracción XI

    Cambiar               de                carril negligentemente.

    Multa de 5 a 10 UMA

    43, fracción XII, XIII

    Conducción                utilizando dispositivos electrónicos u objetos que dificulten la normal conducción.

    Multa de 20 a 40 UMA

    43, fracción XIV

    Dar vuelta a la derecha izquierda cuando haya una señal que lo prohíba.

    Multa de 5 a 10 UMA

    43, fracción XV

    No prestar auxilio a la personas lesionadas, motivo de un hecho de tránsito.

    Multa de 20 a 40 UMA


     

    43, fracción XVI

    Abandonar vehículo por más de 72 hrs; sin causa justificada.

    Multa de 20 a 40 UMA

    43, fracción XVII

    Remolcar vehículos sin las debidas medidas de precaución.

    Multa de 10 a 20 UMA

    46

    Conductor que rebase cualquier vehículo que se encuentre destino en zona de paso peatonal, sin permitir el paso de los peatones.

    Multa de 20 a 40 UMA

    47

    Obstrucción a las funciones de los Policías de Seguridad Vial por parte de conductores o peatones.

    Multa de 20 a 40 UMA

    48, 49

    Conductor que no respete límites de velocidad.

    Multa de 20 a 40 UMA

    52

    Obstruir la circulación en un crucero.

    Multa de 5 a 10 UMA

    53

    Circular violando las reglas en intersección no controladas por semáforos o policías de vialidad.

    Multa de 5 a 10 UMA

    55

    Conducción violando las reglas de preferencias en vías primarias.

    Multa de 5 a 10 UMA

    56

    Conducción violando reglas sobre la preferencia de paso al ferrocarril.

    Multa de 20 a 40 UMA

    57, 58, 59, 60

    Conducción violando las reglas de sentidos y de rebase a otros vehículos.

    Multa de 5 a 10 UMA

    62, 63

    Conducción violando reglas para cambiar de carril sin reducir velocidad o detenerse.

    Multa de 5 a 10 UMA

    64, 64

    Conducción violando las reglas para hacer maniobras de vuelta en intersecciones.

    Multa de 5 a 10 UMA


     

    66

    Conducción violando reglas para maniobras de reversa

    Multa de 5 a 10 UMA

    67

    Conducción violando las reglas sobre el uso adecuado de las luces vehiculares.

    Multa de 5 a 10 UMA

    68

    Vehículos equipados con bandas de oruga o análogos u otro uso indebido.

    Multa de 20 a 40 UMA

    69

    Conducción violando las reglas sobre preferencia de paso de vehículos de emergencia.

    Multa de 5 a 10 UMA

    70

    Conducción de motociclistas violando las reglas para circular.

    Multa de 10 a 20 UMA

    72

    Violación a reglas para el adecuado estacionamiento.

    Multa de 5 a 10 UMA

    74

    Obstaculizar el tránsito en la vía público infringiendo cualquier prohibición.

    Multa de 5 a 10 UMA

    75

    Conducción de vehículo descompuesto violando las reglas para prevenir accidentes.

    Multa de 5 a 10 UMA

    76

    Reparar vehículos en la vía pública, exceptuando casos de emergencias.

    Multa de 5 a 10 UMA

    77, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVII, XVII

    Estacionar en vía pública violando las reglas de vialidad

    Multa de 5 a 10 UMA

    77, fracción XVI

    Estacionarse prohibitivamente en lugares destinados a personas con discapacidad.

    Multa de 120 a 240 UMA

    80

    Portar licencia para conducir, vencida.

    Multa de 10 a 20 UMA


     

    80

    Portar licencia para conducir y no sea presentada ante la autoridad.

    Multa de 20 a 40 UMA

    80, 81, 83, 84, 87

    Portar licencia para conducir y la misma no corresponda la modalidad en que se conduce.

    Multa de 5 a 10 UMA

    89

    Portar permiso para conducir sin ser vigente o no portarlo.

    Multa de 5 a 10 UMA

    90

    Conducción por un menor de edad sin permiso o fuera del horario permitido.

    Multa de 10 a 20 UMA

    91

    Conducción violando el desacato por suspensión o cancelación de la licencia.

    Multa de 20 a 40 UMA

    92

    Que los propietarios de vehículos de conducción a personas, sin licencia o permiso.

    Multa de 20 a 40 UMA

    96, 97

    Violar las señales humanas así como la inobservancia a las realizadas por la Policía de Seguridad Vial.

    Multa de 5 a 10 UMA

    101

    Violar las marcas en la superficie de rodamiento.

    Multa de 5 a 10 UMA

    5, 105

    No disminuir la velocidad en presencia de topes, vibradores o dispositivos reductores de velocidad.

    Multa de 5 a 10 UMA

    107, fracción II

    Conducción                violando                la disposición de luz ámbar.

    Multa de 5 a 10 UMA

    107, fracción III

    Conducción                violando                la disposición de luz roja.

    Multa de 10 a 20 UMA

    110, 111, 112

    Conducción de vehículos de carga violando la adecuada circulación,        exceso      de

    dimensiones,   falta   de  lona,

    Multa de 20 a 40 UMA


     

     

    fuera de horarios permitidos o zonas prohibidas.

     

    113

    Conducción violando las medidas de seguridad en cuestión de transporte, carga, abastecimiento de materiales, sustancias o residuos tóxicos y peligrosos.

    Multa de 120 a 200 UMA

    116

    Uso indebido de tarjetón o uso de tarjetón falsificado.

    Multa de 120 a 240 UMA

    152, último párrafo.

    Conducción de vehículo el cual emita visiblemente contaminante.

    Multa de 20 a 40 UMA

     

     

     

    ARTICULOS

    INFRACCIÓN

    SANCIÓN

    23, fracción I

    Portar   placas   en                lugar inadecuado.

    Multa de 5 a 10 UMA

    23, fracción I

    No          portar   tarjeta                de circulación.

    Multa de 5 a 10 UMA

    23, fracción I, a)

    La falta de una de las placas en el vehículo, o que no están instaladas en las defensas.

    Multa de 5 a 10 UMA

    23, fracción I, a)

    La falta de ambas placas en el vehículo.

    Multa de 10 a 20 UMA

    23, fracción I, b)

    La           falta       de                placa     en

    motocicleta.

    Multa de 10 a 20 UMA

    29

    Que los remolques y análogos no cumplan con las debidas condiciones de seguridad.

    Multa de 10 a 20 UMA

     

    112

    Circulación del vehículo en zona prohibida con exceso de dimensiones o fuera de horarios permitidos.

    Multa de 10 a 20 UMA

    23, fracción I, c)

    Alterar los caracteres de las placas.

    Multa de 10 a 20 UMA

    23, fracción I, d)

    Usar placas de ornato o no reglamentarias.

    Multa de 20 a 40 UMA

    23, fracción I, e) y f)

    Usar placas con cualquier alteración que impidan su legibilidad

    Multa de 20 a 40 UMA

    23, fracción I, g)

    Cuando las placas que porte el vehículo no concuerden con su registro.

    Multa de 20 a 40 UMA

    23, fracción II

    Que los vehículos no se encuentre en condiciones adecuadas para su funcionamiento.

    Multa de 10 a 20 UMA y suspensión de derecho de tránsito y transporte hasta por 90 días

    23, fracción III

    Falta de claxon.

    Multa de 3 a 6 UMA

    23, fracción X

    Circulación de los vehículos de servicios de emergencias o de servicio público que no cuenten con los colores reglamentarios.

    Multa de 20 a 40 UMA

    23, fracción II

    Vehículo que no se encuentre en buen estado de funcionamiento para que su uso se realice en aceptables condiciones de seguridad.

    Multa de 3 a 6 UMA


     

     

     

     

    23, fracción XVII

    Portación de calcomanías en el vehículo que hagan apología de un delito.

    Multa de 3 a 6 UMA

    23, fracción XV

    Circulación de vehículo cristalizados o cubiertos de pintura o materiales reflejantes los cuales tengan una transparencia de al menos del 75%.

    Multa de 10 a 20 UMA

    24, fracción VIII

    Conductor sorprendido sin portar concesión o permiso experimental vigente.

    Multa de 200 a 300 UMA

    27

    Que las motocicletas no se encuentren en adecuadas condiciones.

    Multa de 10 a 20 UMA

    28

    Que las bicicletas o bicimotos no se encuentren en condiciones óptimas.

    Multa de 3 a 6 UMA

    32, fracción I

    Falta de registro vehicular en el caso de unidades procedentes de otros estados o del extranjero

    Multa 20 a 40 UMA

    31

    Vehículo              que                no          porte guardafangos.

    Multa de 10 a 20 UMA

    32

    Falta de refrendo vehicular anual.

    Multa de 5 a 10 UMA

    32

    Falta de registro vehicular

    Multa de 10 a 20 UMA

    155, fracción II

    Incumplimiento                de

    obligaciones      fiscales derivados de los vehículos.

    Multa de 5 a 10 UMA

    155, fracción VII

    Obstaculizar o impedir deliberadamente tránsito de vehículos.

    Multa de 5 a 10 UMA


     

    33

    Cambio de carrocería o motor sin dar aviso a la Dirección.

    Multa de 20 a 40 UMA

    34

    Realizar el registro vehicular sin haber tramitado la cancelación.

    Multa de 10 a 20 UMA

    42

    Vehículo de servicio particular que maneje negligentemente.

    Multa de 5 a 10 UMA

    43, fracción I, II, III, IV, V, VII, VIII

    Violación a prohibiciones de conducta vehicular.

    Multa de 5 a 10 UMA

    43, fracción VI

    Conducción de vehículo efectuando competencias en vía pública.

    Multa de 20 a 40 UMA y retiro de vehículos de circulación vial

    43, fracción IX

    Conducción de vehículo en sentido contrario o se invada carril de contraflujo.

    Multa de 5 a 10 UMA

    43, fracción X

    Conducción        con                aliento alcohólico.

    Multa de 10 a 20 UMA

    43, fracción X

    Conducción en estado de ebriedad incompleto.

    Multa de 60 a 120 UMA

    43, fracción X

    Conducción en estado de ebriedad no apto para conducir, evidente estado de ebriedad o bajo los efectos de narcóticos.

    Multa de 120 a 240 UMA

    43, fracción XI

    Cambiar               de                carril negligentemente.

    Multa de 5 a 10 UMA

    43, fracción XII, XIII

    Conducción                utilizando dispositivos electrónicos u objetos que dificulten la normal conducción.

    Multa de 20 a 40 UMA

    43, fracción XIV

    Dar vuelta a la derecha izquierda cuando haya una señal que lo prohíba.

    Multa de 5 a 10 UMA

    43, fracción XV

    No prestar auxilio a la personas lesionadas, motivo de un hecho de tránsito.

    Multa de 20 a 40 UMA


     

    43, fracción XVI

    Abandonar vehículo por más de 72 hrs; sin causa justificada.

    Multa de 20 a 40 UMA

    43, fracción XVII

    Remolcar vehículos sin las debidas medidas de precaución.

    Multa de 10 a 20 UMA

    46

    Conductor que rebase cualquier vehículo que se encuentre destino en zona de paso peatonal, sin permitir el paso de los peatones.

    Multa de 20 a 40 UMA

    47

    Obstrucción a las funciones de los Policías de Seguridad Vial por parte de conductores o peatones.

    Multa de 20 a 40 UMA

    48, 49

    Conductor que no respete límites de velocidad.

    Multa de 20 a 40 UMA

    52

    Obstruir la circulación en un crucero.

    Multa de 5 a 10 UMA

    53

    Circular violando las reglas en intersección no controladas por semáforos o policías de vialidad.

    Multa de 5 a 10 UMA

    55

    Conducción violando las reglas de preferencias en vías primarias.

    Multa de 5 a 10 UMA

    56

    Conducción violando reglas sobre la preferencia de paso al ferrocarril.

    Multa de 20 a 40 UMA

    57, 58, 59, 60

    Conducción violando las reglas de sentidos y de rebase a otros vehículos.

    Multa de 5 a 10 UMA

    62, 63

    Conducción violando reglas para cambiar de carril sin reducir velocidad o detenerse.

    Multa de 5 a 10 UMA

    64, 64

    Conducción violando las reglas para hacer maniobras de vuelta en intersecciones.

    Multa de 5 a 10 UMA


     

    66

    Conducción violando reglas para maniobras de reversa

    Multa de 5 a 10 UMA

    67

    Conducción violando las reglas sobre el uso adecuado de las luces vehiculares.

    Multa de 5 a 10 UMA

    68

    Vehículos equipados con bandas de oruga o análogos u otro uso indebido.

    Multa de 20 a 40 UMA

    69

    Conducción violando las reglas sobre preferencia de paso de vehículos de emergencia.

    Multa de 5 a 10 UMA

    70

    Conducción de motociclistas violando las reglas para circular.

    Multa de 10 a 20 UMA

    72

    Violación a reglas para el adecuado estacionamiento.

    Multa de 5 a 10 UMA

    74

    Obstaculizar el tránsito en la vía público infringiendo cualquier prohibición.

    Multa de 5 a 10 UMA

    75

    Conducción de vehículo descompuesto violando las reglas para prevenir accidentes.

    Multa de 5 a 10 UMA

    76

    Reparar vehículos en la vía pública, exceptuando casos de emergencias.

    Multa de 5 a 10 UMA

    77, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVII, XVII

    Estacionar en vía pública violando las reglas de vialidad

    Multa de 5 a 10 UMA

    77, fracción XVI

    Estacionarse prohibitivamente en lugares destinados a personas con discapacidad.

    Multa de 120 a 240 UMA

    80

    Portar licencia para conducir, vencida.

    Multa de 10 a 20 UMA


     

    80

    Portar licencia para conducir y no sea presentada ante la autoridad.

    Multa de 20 a 40 UMA

    80, 81, 83, 84, 87

    Portar licencia para conducir y la misma no corresponda la modalidad en que se conduce.

    Multa de 5 a 10 UMA

    89

    Portar permiso para conducir sin ser vigente o no portarlo.

    Multa de 5 a 10 UMA

    90

    Conducción por un menor de edad sin permiso o fuera del horario permitido.

    Multa de 10 a 20 UMA

    91

    Conducción violando el desacato por suspensión o cancelación de la licencia.

    Multa de 20 a 40 UMA

    92

    Que los propietarios de vehículos de conducción a personas, sin licencia o permiso.

    Multa de 20 a 40 UMA

    96, 97

    Violar las señales humanas así como la inobservancia a las realizadas por la Policía de Seguridad Vial.

    Multa de 5 a 10 UMA

    101

    Violar las marcas en la superficie de rodamiento.

    Multa de 5 a 10 UMA

    5, 105

    No disminuir la velocidad en presencia de topes, vibradores o dispositivos reductores de velocidad.

    Multa de 5 a 10 UMA

    107, fracción II

    Conducción                violando                la disposición de luz ámbar.

    Multa de 5 a 10 UMA

    107, fracción III

    Conducción                violando                la disposición de luz roja.

    Multa de 10 a 20 UMA

    110, 111, 112

    Conducción de vehículos de carga violando la adecuada circulación,        exceso      de

    dimensiones,   falta   de  lona,

    Multa de 20 a 40 UMA


     

     

    fuera de horarios permitidos o zonas prohibidas.

     

    113

    Conducción violando las medidas de seguridad en cuestión de transporte, carga, abastecimiento de materiales, sustancias o residuos tóxicos y peligrosos.

    Multa de 120 a 200 UMA

    116

    Uso indebido de tarjetón o uso de tarjetón falsificado.

    Multa de 120 a 240 UMA

    152, último párrafo.

    Conducción de vehículo el cual emita visiblemente contaminante.

    Multa de 20 a 40 UMA

     

     

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