Desde que entró en vigor la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas a finales de septiembre pasado, han sido interpuestas 26 denuncias en contra de diversas instituciones y ayuntamientos.
Las denuncias han sido por negar datos, omitir respuestas o carecer de páginas de Internet, ante lo cual la nueva norma contempla sanciones que van desde la suspensión laboral hasta la multa económica, informó Víctor Hugo Hernández Reyes, secretario Ejecutivo de la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública (CEAIP).
De acuerdo con registros del Departamento Jurídico de la Comisión, las dependencias con mayor número de demandas son la Secretaría de Educación y Cultura (SEC) con seis, así como la presidencia municipal de Tlaltenango con dos y el Instituto Tecnológico Superior Zacatecas Norte con dos.
También la CEAIP ha recibido inconformidades ciudadanas en contra de los Ayuntamientos de Loreto, Nochistlán, Vetagrande y Zacatecas.
Hay además una queja en contra del Partido Nueva Alianza por carecer de información de oficio en su página institucional de Internet.
La nueva Ley establece de los artículos 11 al 21 que es una obligación de las entidades publicar en sus portales datos referentes a su operatividad interna, como el organigrama, marco legal, licitaciones, viáticos y gastos diversos entre otros puntos.
De acuerdo con los datos estadísticos del área jurídica, de las 26 inconformidades, el Pleno de la CEAIP resolvió 17 denuncias, por lo que solo faltan por concluir nueve procesos, mismos que fueron entablados contra la Universidad Pedagógica Nacional, el Instituto Tecnológico de Jerez, el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Zacatecas, el Instituto Tecnológico de Nochistlán y la SEC.
La nueva Ley establece en sus artículos 134 al 141 las causas que ameritan sanción en contra de funcionarios públicos por violar la norma, como es cuando se desempeñen con negligencia en la sustanciación de las solicitudes o entreguen datos en forma incompleta, inexacta o distinta.
Asimismo, se sancionará a quienes nieguen intencionalmente el acceso a la información clasificando en forma falsa como reservada o confidencial y no tengan página de Internet, entre otras causales.
Respecto a las sanciones, la nueva Ley indica que estas pueden ser de apercibimiento público, suspensión laboral por 30 días hábiles y multas, en este último caso se aplicarán de 500 a 700 cuotas de salario mínimo cuando la autoridad no responda una solicitud o carezca de información de oficio en su portal de Internet.
Habrá una sanción de 300 a 500 cuotas cuando el sujeto obligado no presente argumentos ante una demanda y de 300 salarios cuando incumpla una resolución de la CEAIP.
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