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    Propone Luz Domínguez reformas en fiscalización y evaluación de servidores públicos

    La diputada María de la Luz Domínguez propuso reformas a la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Zacatecas.

    La diputada María de la Luz Domínguez Campos, presentó en sesión del Congreso local la Iniciativa de Decreto por la que se reforman diversas disposiciones jurídicas de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Zacatecas.

    El objetivo es fortalecer la rendición de cuentas y la evaluación al desempeño de los servidores  públicos y de las instituciones públicas para transparentar el ejercicio gubernamental.


    En el documento señala que los mecanismos para llamar a cuentas a los gobernantes deben ser cada vez más eficaces, porque la obligatoriedad de los servidores públicos de rendir cuentas es una condición inevitable de las democracias.

    Afirma que es necesario que la Constitución Local señale de manera expresa que la función de fiscalización se desarrollará conforme a los principios de posterioridad, anualidad, legalidad, imparcialidad y confiabilidad.

    Domínguez Campos  dio lectura a la Iniciativa de decreto por la que se reforman los artículos 65 y 71 y propuso a que la Legislatura revise y resuelva las Cuentas Públicas del Gobierno del Estado, de los Municipios y demás entes fiscalizados en un plazo de cuatro meses.

    Esto significaría una disminución de tres meses en relación al mandato constitucional vigente ya que, actualmente, la entidad de Fiscalización Superior del Estado establece un plazo de 120 días para pronunciarse sobre las respuestas emitidas por los entes fiscalizados durante el proceso de solventación:

    La diputada  plantea que dicho plazo se reduzca a 90 días, para que sustancialmente  se acorte el proceso de fiscalización de las cuentas públicas.  

    En la sesión, María de la Luz Domínguez  manifestó que el marco constitucional local debe ser adecuado conforme a las exigencias sociales, políticas, económicas y culturales, pero siempre cumpliendo con el principio de rigidez constitucional y con el procedimiento de reforma constitucional.

    Expuso que de ninguna manera debe modificarse la Constitución del estado para encubrir tras la apariencia de una reforma jurídica, “propósitos espurios, antidemocráticos, autoritarios, antisociales y demagógicos; o para “legitimar” antidemocráticas e injustas pretensiones solo para satisfacer intereses mezquinos de carácter político o personal”.

     

    FOTO: CORTESÍA
     

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