Aumentan multas de Tránsito; alcoholímetro sube a 21 mil 500 pesos
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- Creado: Sábado, 06, Noviembre 2021 17:16
- Escrito por Zacatecasonline

A los conductores, que no estén en condiciones aptas para conducir por ebriedad, la sanción se actualizó a este monto máximo, mientras que a los que estén en estado de ebriedad incompleto será de 10 mil 700 pesos y a los que tengan aliento alcohólico 1.800 pesos.
El incremento en todas las infracciones fue de hasta el doble, de acuerdo al nuevo Reglamento General de la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad del Estado de Zacatecas, que entró en vigor a partir de esta semana.
Las multas consideran un mínimo y máximo para el monto de la infracción, en el caso del alcoholímetro lo menos por ir en estado de ebriedad son 120 Unidades de Medida y Actualización (UMA) equivalente a 10 mil 750 pesos, pero el máximo es de 240 UMA, que son 21 mil 500 pesos.
Se toma como monto mínimo el establecido en el anterior reglamento del 2014 y como máximo el doble. En el decreto se precisa que “para imponer una multa superior a la mínima se debe considerar la gravedad de la infracción y la capacidad económica del infractor”.
Asimismo, una multa fija transgredía la normatividad al no dar la posibilidad de ser calificada con un mínimo y un máximo en cada una de las sanciones especificadas, además estaba considerada en salarios mínimos y no en cuanto a las UMA.
En el caso del alcoholímetro, no establece criterios precisos para aplicar una multa de 11 mil, otra de 16 mil o una de 21 mil pesos, cuando el conductor se encuentre en estado de ebriedad evidente.
Por manejar sin licencia para conducir la multa contemplada era únicamente de 1.790 pesos, mientras que ahora esta cantidad es la mínima y la máxima es de 3.585 pesos.
A su vez, por no traer tarjeta de circulación la sanción va de los 446 a los 893 pesos; un conductor que no porte ni licencia ni el refrendo podría pagar 4.478 pesos.
El nuevo reglamento fue publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado este 30 de octubre. A continuación te presentamos el tabulador de infracciones y la sanción correspondiente en UMA, cuyo valor actual es de 89.62 pesos:
ARTICULOS |
INFRACCIÓN |
SANCIÓN |
23, fracción I |
Portar placas en lugar inadecuado. |
Multa de 5 a 10 UMA |
23, fracción I |
No portar tarjeta de circulación. |
Multa de 5 a 10 UMA |
23, fracción I, a) |
La falta de una de las placas en el vehículo, o que no están instaladas en las defensas. |
Multa de 5 a 10 UMA |
23, fracción I, a) |
La falta de ambas placas en el vehículo. |
Multa de 10 a 20 UMA |
23, fracción I, b) |
La falta de placa en motocicleta. |
Multa de 10 a 20 UMA |
29 |
Que los remolques y análogos no cumplan con las debidas condiciones de seguridad. |
Multa de 10 a 20 UMA |
112 |
Circulación del vehículo en zona prohibida con exceso de dimensiones o fuera de horarios permitidos. |
Multa de 10 a 20 UMA |
23, fracción I, c) |
Alterar los caracteres de las placas. |
Multa de 10 a 20 UMA |
23, fracción I, d) |
Usar placas de ornato o no reglamentarias. |
Multa de 20 a 40 UMA |
23, fracción I, e) y f) |
Usar placas con cualquier alteración que impidan su legibilidad |
Multa de 20 a 40 UMA |
23, fracción I, g) |
Cuando las placas que porte el vehículo no concuerden con su registro. |
Multa de 20 a 40 UMA |
23, fracción II |
Que los vehículos no se encuentre en condiciones adecuadas para su funcionamiento. |
Multa de 10 a 20 UMA y suspensión de derecho de tránsito y transporte hasta por 90 días |
23, fracción III |
Falta de claxon. |
Multa de 3 a 6 UMA |
23, fracción X |
Circulación de los vehículos de servicios de emergencias o de servicio público que no cuenten con los colores reglamentarios. |
Multa de 20 a 40 UMA |
23, fracción II |
Vehículo que no se encuentre en buen estado de funcionamiento para que su uso se realice en aceptables condiciones de seguridad. |
Multa de 3 a 6 UMA |
|
|
|
23, fracción XVII |
Portación de calcomanías en el vehículo que hagan apología de un delito. |
Multa de 3 a 6 UMA |
23, fracción XV |
Circulación de vehículo cristalizados o cubiertos de pintura o materiales reflejantes los cuales tengan una transparencia de al menos del 75%. |
Multa de 10 a 20 UMA |
24, fracción VIII |
Conductor sorprendido sin portar concesión o permiso experimental vigente. |
Multa de 200 a 300 UMA |
27 |
Que las motocicletas no se encuentren en adecuadas condiciones. |
Multa de 10 a 20 UMA |
28 |
Que las bicicletas o bicimotos no se encuentren en condiciones óptimas. |
Multa de 3 a 6 UMA |
32, fracción I |
Falta de registro vehicular en el caso de unidades procedentes de otros estados o del extranjero |
Multa 20 a 40 UMA |
31 |
Vehículo que no porte guardafangos. |
Multa de 10 a 20 UMA |
32 |
Falta de refrendo vehicular anual. |
Multa de 5 a 10 UMA |
32 |
Falta de registro vehicular |
Multa de 10 a 20 UMA |
155, fracción II |
Incumplimiento de obligaciones fiscales derivados de los vehículos. |
Multa de 5 a 10 UMA |
155, fracción VII |
Obstaculizar o impedir deliberadamente tránsito de vehículos. |
Multa de 5 a 10 UMA |
33 |
Cambio de carrocería o motor sin dar aviso a la Dirección. |
Multa de 20 a 40 UMA |
34 |
Realizar el registro vehicular sin haber tramitado la cancelación. |
Multa de 10 a 20 UMA |
42 |
Vehículo de servicio particular que maneje negligentemente. |
Multa de 5 a 10 UMA |
43, fracción I, II, III, IV, V, VII, VIII |
Violación a prohibiciones de conducta vehicular. |
Multa de 5 a 10 UMA |
43, fracción VI |
Conducción de vehículo efectuando competencias en vía pública. |
Multa de 20 a 40 UMA y retiro de vehículos de circulación vial |
43, fracción IX |
Conducción de vehículo en sentido contrario o se invada carril de contraflujo. |
Multa de 5 a 10 UMA |
43, fracción X |
Conducción con aliento alcohólico. |
Multa de 10 a 20 UMA |
43, fracción X |
Conducción en estado de ebriedad incompleto. |
Multa de 60 a 120 UMA |
43, fracción X |
Conducción en estado de ebriedad no apto para conducir, evidente estado de ebriedad o bajo los efectos de narcóticos. |
Multa de 120 a 240 UMA |
43, fracción XI |
Cambiar de carril negligentemente. |
Multa de 5 a 10 UMA |
43, fracción XII, XIII |
Conducción utilizando dispositivos electrónicos u objetos que dificulten la normal conducción. |
Multa de 20 a 40 UMA |
43, fracción XIV |
Dar vuelta a la derecha izquierda cuando haya una señal que lo prohíba. |
Multa de 5 a 10 UMA |
43, fracción XV |
No prestar auxilio a la personas lesionadas, motivo de un hecho de tránsito. |
Multa de 20 a 40 UMA |
43, fracción XVI |
Abandonar vehículo por más de 72 hrs; sin causa justificada. |
Multa de 20 a 40 UMA |
43, fracción XVII |
Remolcar vehículos sin las debidas medidas de precaución. |
Multa de 10 a 20 UMA |
46 |
Conductor que rebase cualquier vehículo que se encuentre destino en zona de paso peatonal, sin permitir el paso de los peatones. |
Multa de 20 a 40 UMA |
47 |
Obstrucción a las funciones de los Policías de Seguridad Vial por parte de conductores o peatones. |
Multa de 20 a 40 UMA |
48, 49 |
Conductor que no respete límites de velocidad. |
Multa de 20 a 40 UMA |
52 |
Obstruir la circulación en un crucero. |
Multa de 5 a 10 UMA |
53 |
Circular violando las reglas en intersección no controladas por semáforos o policías de vialidad. |
Multa de 5 a 10 UMA |
55 |
Conducción violando las reglas de preferencias en vías primarias. |
Multa de 5 a 10 UMA |
56 |
Conducción violando reglas sobre la preferencia de paso al ferrocarril. |
Multa de 20 a 40 UMA |
57, 58, 59, 60 |
Conducción violando las reglas de sentidos y de rebase a otros vehículos. |
Multa de 5 a 10 UMA |
62, 63 |
Conducción violando reglas para cambiar de carril sin reducir velocidad o detenerse. |
Multa de 5 a 10 UMA |
64, 64 |
Conducción violando las reglas para hacer maniobras de vuelta en intersecciones. |
Multa de 5 a 10 UMA |
66 |
Conducción violando reglas para maniobras de reversa |
Multa de 5 a 10 UMA |
67 |
Conducción violando las reglas sobre el uso adecuado de las luces vehiculares. |
Multa de 5 a 10 UMA |
68 |
Vehículos equipados con bandas de oruga o análogos u otro uso indebido. |
Multa de 20 a 40 UMA |
69 |
Conducción violando las reglas sobre preferencia de paso de vehículos de emergencia. |
Multa de 5 a 10 UMA |
70 |
Conducción de motociclistas violando las reglas para circular. |
Multa de 10 a 20 UMA |
72 |
Violación a reglas para el adecuado estacionamiento. |
Multa de 5 a 10 UMA |
74 |
Obstaculizar el tránsito en la vía público infringiendo cualquier prohibición. |
Multa de 5 a 10 UMA |
75 |
Conducción de vehículo descompuesto violando las reglas para prevenir accidentes. |
Multa de 5 a 10 UMA |
76 |
Reparar vehículos en la vía pública, exceptuando casos de emergencias. |
Multa de 5 a 10 UMA |
77, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVII, XVII |
Estacionar en vía pública violando las reglas de vialidad |
Multa de 5 a 10 UMA |
77, fracción XVI |
Estacionarse prohibitivamente en lugares destinados a personas con discapacidad. |
Multa de 120 a 240 UMA |
80 |
Portar licencia para conducir, vencida. |
Multa de 10 a 20 UMA |
80 |
Portar licencia para conducir y no sea presentada ante la autoridad. |
Multa de 20 a 40 UMA |
80, 81, 83, 84, 87 |
Portar licencia para conducir y la misma no corresponda la modalidad en que se conduce. |
Multa de 5 a 10 UMA |
89 |
Portar permiso para conducir sin ser vigente o no portarlo. |
Multa de 5 a 10 UMA |
90 |
Conducción por un menor de edad sin permiso o fuera del horario permitido. |
Multa de 10 a 20 UMA |
91 |
Conducción violando el desacato por suspensión o cancelación de la licencia. |
Multa de 20 a 40 UMA |
92 |
Que los propietarios de vehículos de conducción a personas, sin licencia o permiso. |
Multa de 20 a 40 UMA |
96, 97 |
Violar las señales humanas así como la inobservancia a las realizadas por la Policía de Seguridad Vial. |
Multa de 5 a 10 UMA |
101 |
Violar las marcas en la superficie de rodamiento. |
Multa de 5 a 10 UMA |
5, 105 |
No disminuir la velocidad en presencia de topes, vibradores o dispositivos reductores de velocidad. |
Multa de 5 a 10 UMA |
107, fracción II |
Conducción violando la disposición de luz ámbar. |
Multa de 5 a 10 UMA |
107, fracción III |
Conducción violando la disposición de luz roja. |
Multa de 10 a 20 UMA |
110, 111, 112 |
Conducción de vehículos de carga violando la adecuada circulación, exceso de dimensiones, falta de lona, |
Multa de 20 a 40 UMA |
|
fuera de horarios permitidos o zonas prohibidas. |
|
113 |
Conducción violando las medidas de seguridad en cuestión de transporte, carga, abastecimiento de materiales, sustancias o residuos tóxicos y peligrosos. |
Multa de 120 a 200 UMA |
116 |
Uso indebido de tarjetón o uso de tarjetón falsificado. |
Multa de 120 a 240 UMA |
152, último párrafo. |
Conducción de vehículo el cual emita visiblemente contaminante. |
Multa de 20 a 40 UMA |
ARTICULOS |
INFRACCIÓN |
SANCIÓN |
23, fracción I |
Portar placas en lugar inadecuado. |
Multa de 5 a 10 UMA |
23, fracción I |
No portar tarjeta de circulación. |
Multa de 5 a 10 UMA |
23, fracción I, a) |
La falta de una de las placas en el vehículo, o que no están instaladas en las defensas. |
Multa de 5 a 10 UMA |
23, fracción I, a) |
La falta de ambas placas en el vehículo. |
Multa de 10 a 20 UMA |
23, fracción I, b) |
La falta de placa en motocicleta. |
Multa de 10 a 20 UMA |
29 |
Que los remolques y análogos no cumplan con las debidas condiciones de seguridad. |
Multa de 10 a 20 UMA |
112 |
Circulación del vehículo en zona prohibida con exceso de dimensiones o fuera de horarios permitidos. |
Multa de 10 a 20 UMA |
23, fracción I, c) |
Alterar los caracteres de las placas. |
Multa de 10 a 20 UMA |
23, fracción I, d) |
Usar placas de ornato o no reglamentarias. |
Multa de 20 a 40 UMA |
23, fracción I, e) y f) |
Usar placas con cualquier alteración que impidan su legibilidad |
Multa de 20 a 40 UMA |
23, fracción I, g) |
Cuando las placas que porte el vehículo no concuerden con su registro. |
Multa de 20 a 40 UMA |
23, fracción II |
Que los vehículos no se encuentre en condiciones adecuadas para su funcionamiento. |
Multa de 10 a 20 UMA y suspensión de derecho de tránsito y transporte hasta por 90 días |
23, fracción III |
Falta de claxon. |
Multa de 3 a 6 UMA |
23, fracción X |
Circulación de los vehículos de servicios de emergencias o de servicio público que no cuenten con los colores reglamentarios. |
Multa de 20 a 40 UMA |
23, fracción II |
Vehículo que no se encuentre en buen estado de funcionamiento para que su uso se realice en aceptables condiciones de seguridad. |
Multa de 3 a 6 UMA |
|
|
|
23, fracción XVII |
Portación de calcomanías en el vehículo que hagan apología de un delito. |
Multa de 3 a 6 UMA |
23, fracción XV |
Circulación de vehículo cristalizados o cubiertos de pintura o materiales reflejantes los cuales tengan una transparencia de al menos del 75%. |
Multa de 10 a 20 UMA |
24, fracción VIII |
Conductor sorprendido sin portar concesión o permiso experimental vigente. |
Multa de 200 a 300 UMA |
27 |
Que las motocicletas no se encuentren en adecuadas condiciones. |
Multa de 10 a 20 UMA |
28 |
Que las bicicletas o bicimotos no se encuentren en condiciones óptimas. |
Multa de 3 a 6 UMA |
32, fracción I |
Falta de registro vehicular en el caso de unidades procedentes de otros estados o del extranjero |
Multa 20 a 40 UMA |
31 |
Vehículo que no porte guardafangos. |
Multa de 10 a 20 UMA |
32 |
Falta de refrendo vehicular anual. |
Multa de 5 a 10 UMA |
32 |
Falta de registro vehicular |
Multa de 10 a 20 UMA |
155, fracción II |
Incumplimiento de obligaciones fiscales derivados de los vehículos. |
Multa de 5 a 10 UMA |
155, fracción VII |
Obstaculizar o impedir deliberadamente tránsito de vehículos. |
Multa de 5 a 10 UMA |
33 |
Cambio de carrocería o motor sin dar aviso a la Dirección. |
Multa de 20 a 40 UMA |
34 |
Realizar el registro vehicular sin haber tramitado la cancelación. |
Multa de 10 a 20 UMA |
42 |
Vehículo de servicio particular que maneje negligentemente. |
Multa de 5 a 10 UMA |
43, fracción I, II, III, IV, V, VII, VIII |
Violación a prohibiciones de conducta vehicular. |
Multa de 5 a 10 UMA |
43, fracción VI |
Conducción de vehículo efectuando competencias en vía pública. |
Multa de 20 a 40 UMA y retiro de vehículos de circulación vial |
43, fracción IX |
Conducción de vehículo en sentido contrario o se invada carril de contraflujo. |
Multa de 5 a 10 UMA |
43, fracción X |
Conducción con aliento alcohólico. |
Multa de 10 a 20 UMA |
43, fracción X |
Conducción en estado de ebriedad incompleto. |
Multa de 60 a 120 UMA |
43, fracción X |
Conducción en estado de ebriedad no apto para conducir, evidente estado de ebriedad o bajo los efectos de narcóticos. |
Multa de 120 a 240 UMA |
43, fracción XI |
Cambiar de carril negligentemente. |
Multa de 5 a 10 UMA |
43, fracción XII, XIII |
Conducción utilizando dispositivos electrónicos u objetos que dificulten la normal conducción. |
Multa de 20 a 40 UMA |
43, fracción XIV |
Dar vuelta a la derecha izquierda cuando haya una señal que lo prohíba. |
Multa de 5 a 10 UMA |
43, fracción XV |
No prestar auxilio a la personas lesionadas, motivo de un hecho de tránsito. |
Multa de 20 a 40 UMA |
43, fracción XVI |
Abandonar vehículo por más de 72 hrs; sin causa justificada. |
Multa de 20 a 40 UMA |
43, fracción XVII |
Remolcar vehículos sin las debidas medidas de precaución. |
Multa de 10 a 20 UMA |
46 |
Conductor que rebase cualquier vehículo que se encuentre destino en zona de paso peatonal, sin permitir el paso de los peatones. |
Multa de 20 a 40 UMA |
47 |
Obstrucción a las funciones de los Policías de Seguridad Vial por parte de conductores o peatones. |
Multa de 20 a 40 UMA |
48, 49 |
Conductor que no respete límites de velocidad. |
Multa de 20 a 40 UMA |
52 |
Obstruir la circulación en un crucero. |
Multa de 5 a 10 UMA |
53 |
Circular violando las reglas en intersección no controladas por semáforos o policías de vialidad. |
Multa de 5 a 10 UMA |
55 |
Conducción violando las reglas de preferencias en vías primarias. |
Multa de 5 a 10 UMA |
56 |
Conducción violando reglas sobre la preferencia de paso al ferrocarril. |
Multa de 20 a 40 UMA |
57, 58, 59, 60 |
Conducción violando las reglas de sentidos y de rebase a otros vehículos. |
Multa de 5 a 10 UMA |
62, 63 |
Conducción violando reglas para cambiar de carril sin reducir velocidad o detenerse. |
Multa de 5 a 10 UMA |
64, 64 |
Conducción violando las reglas para hacer maniobras de vuelta en intersecciones. |
Multa de 5 a 10 UMA |
66 |
Conducción violando reglas para maniobras de reversa |
Multa de 5 a 10 UMA |
67 |
Conducción violando las reglas sobre el uso adecuado de las luces vehiculares. |
Multa de 5 a 10 UMA |
68 |
Vehículos equipados con bandas de oruga o análogos u otro uso indebido. |
Multa de 20 a 40 UMA |
69 |
Conducción violando las reglas sobre preferencia de paso de vehículos de emergencia. |
Multa de 5 a 10 UMA |
70 |
Conducción de motociclistas violando las reglas para circular. |
Multa de 10 a 20 UMA |
72 |
Violación a reglas para el adecuado estacionamiento. |
Multa de 5 a 10 UMA |
74 |
Obstaculizar el tránsito en la vía público infringiendo cualquier prohibición. |
Multa de 5 a 10 UMA |
75 |
Conducción de vehículo descompuesto violando las reglas para prevenir accidentes. |
Multa de 5 a 10 UMA |
76 |
Reparar vehículos en la vía pública, exceptuando casos de emergencias. |
Multa de 5 a 10 UMA |
77, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVII, XVII |
Estacionar en vía pública violando las reglas de vialidad |
Multa de 5 a 10 UMA |
77, fracción XVI |
Estacionarse prohibitivamente en lugares destinados a personas con discapacidad. |
Multa de 120 a 240 UMA |
80 |
Portar licencia para conducir, vencida. |
Multa de 10 a 20 UMA |
80 |
Portar licencia para conducir y no sea presentada ante la autoridad. |
Multa de 20 a 40 UMA |
80, 81, 83, 84, 87 |
Portar licencia para conducir y la misma no corresponda la modalidad en que se conduce. |
Multa de 5 a 10 UMA |
89 |
Portar permiso para conducir sin ser vigente o no portarlo. |
Multa de 5 a 10 UMA |
90 |
Conducción por un menor de edad sin permiso o fuera del horario permitido. |
Multa de 10 a 20 UMA |
91 |
Conducción violando el desacato por suspensión o cancelación de la licencia. |
Multa de 20 a 40 UMA |
92 |
Que los propietarios de vehículos de conducción a personas, sin licencia o permiso. |
Multa de 20 a 40 UMA |
96, 97 |
Violar las señales humanas así como la inobservancia a las realizadas por la Policía de Seguridad Vial. |
Multa de 5 a 10 UMA |
101 |
Violar las marcas en la superficie de rodamiento. |
Multa de 5 a 10 UMA |
5, 105 |
No disminuir la velocidad en presencia de topes, vibradores o dispositivos reductores de velocidad. |
Multa de 5 a 10 UMA |
107, fracción II |
Conducción violando la disposición de luz ámbar. |
Multa de 5 a 10 UMA |
107, fracción III |
Conducción violando la disposición de luz roja. |
Multa de 10 a 20 UMA |
110, 111, 112 |
Conducción de vehículos de carga violando la adecuada circulación, exceso de dimensiones, falta de lona, |
Multa de 20 a 40 UMA |
|
fuera de horarios permitidos o zonas prohibidas. |
|
113 |
Conducción violando las medidas de seguridad en cuestión de transporte, carga, abastecimiento de materiales, sustancias o residuos tóxicos y peligrosos. |
Multa de 120 a 200 UMA |
116 |
Uso indebido de tarjetón o uso de tarjetón falsificado. |
Multa de 120 a 240 UMA |
152, último párrafo. |
Conducción de vehículo el cual emita visiblemente contaminante. |
Multa de 20 a 40 UMA |