Viernes 19 Abril 2024

Aumentan multas de Tránsito; alcoholímetro sube a 21 mil 500 pesos

Las multas consideran un mínimo y máximo. (Archivo)

A los conductores, que no estén en condiciones aptas para conducir por ebriedad, la sanción se actualizó a este monto máximo, mientras que a los que estén en estado de ebriedad incompleto será de 10 mil 700 pesos y a los que tengan aliento alcohólico 1.800 pesos.

El incremento en todas las infracciones fue de hasta el doble, de acuerdo al nuevo Reglamento General de la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad del Estado de Zacatecas, que entró en vigor a partir de esta semana.

Las multas consideran un mínimo y máximo para el monto de la infracción, en el caso del alcoholímetro lo menos por ir en estado de ebriedad son 120 Unidades de Medida y Actualización (UMA) equivalente a 10 mil 750 pesos, pero el máximo es de 240 UMA, que son 21 mil 500 pesos.

Se toma como monto mínimo el establecido en el anterior reglamento del 2014 y como máximo el doble. En el decreto se precisa que “para imponer una multa superior a la mínima se debe considerar la gravedad de la infracción y la capacidad económica del infractor”.

Asimismo, una multa fija transgredía la normatividad al no dar la posibilidad de ser calificada con un mínimo y un máximo en cada una de las sanciones especificadas, además estaba considerada en salarios mínimos y no en cuanto a las UMA.

En el caso del alcoholímetro, no establece criterios precisos para aplicar una multa de 11 mil, otra de 16 mil o una de 21 mil pesos, cuando el conductor se encuentre en estado de ebriedad evidente.

Por manejar sin licencia para conducir la multa contemplada era únicamente de 1.790 pesos, mientras que ahora esta cantidad es la mínima y la máxima es de 3.585 pesos.

A su vez, por no traer tarjeta de circulación la sanción va de los 446 a los 893 pesos; un conductor que no porte ni licencia ni el refrendo podría pagar 4.478 pesos.

El nuevo reglamento fue publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado este 30 de octubre. A continuación te presentamos el tabulador de infracciones y la sanción correspondiente en UMA, cuyo valor actual es de 89.62 pesos:

 

ARTICULOS

INFRACCIÓN

SANCIÓN

23, fracción I

Portar   placas   en                lugar inadecuado.

Multa de 5 a 10 UMA

23, fracción I

No          portar   tarjeta                de circulación.

Multa de 5 a 10 UMA

23, fracción I, a)

La falta de una de las placas en el vehículo, o que no están instaladas en las defensas.

Multa de 5 a 10 UMA

23, fracción I, a)

La falta de ambas placas en el vehículo.

Multa de 10 a 20 UMA

23, fracción I, b)

La           falta       de                placa     en

motocicleta.

Multa de 10 a 20 UMA

29

Que los remolques y análogos no cumplan con las debidas condiciones de seguridad.

Multa de 10 a 20 UMA

 

112

Circulación del vehículo en zona prohibida con exceso de dimensiones o fuera de horarios permitidos.

Multa de 10 a 20 UMA

23, fracción I, c)

Alterar los caracteres de las placas.

Multa de 10 a 20 UMA

23, fracción I, d)

Usar placas de ornato o no reglamentarias.

Multa de 20 a 40 UMA

23, fracción I, e) y f)

Usar placas con cualquier alteración que impidan su legibilidad

Multa de 20 a 40 UMA

23, fracción I, g)

Cuando las placas que porte el vehículo no concuerden con su registro.

Multa de 20 a 40 UMA

23, fracción II

Que los vehículos no se encuentre en condiciones adecuadas para su funcionamiento.

Multa de 10 a 20 UMA y suspensión de derecho de tránsito y transporte hasta por 90 días

23, fracción III

Falta de claxon.

Multa de 3 a 6 UMA

23, fracción X

Circulación de los vehículos de servicios de emergencias o de servicio público que no cuenten con los colores reglamentarios.

Multa de 20 a 40 UMA

23, fracción II

Vehículo que no se encuentre en buen estado de funcionamiento para que su uso se realice en aceptables condiciones de seguridad.

Multa de 3 a 6 UMA


 

 

 

 

23, fracción XVII

Portación de calcomanías en el vehículo que hagan apología de un delito.

Multa de 3 a 6 UMA

23, fracción XV

Circulación de vehículo cristalizados o cubiertos de pintura o materiales reflejantes los cuales tengan una transparencia de al menos del 75%.

Multa de 10 a 20 UMA

24, fracción VIII

Conductor sorprendido sin portar concesión o permiso experimental vigente.

Multa de 200 a 300 UMA

27

Que las motocicletas no se encuentren en adecuadas condiciones.

Multa de 10 a 20 UMA

28

Que las bicicletas o bicimotos no se encuentren en condiciones óptimas.

Multa de 3 a 6 UMA

32, fracción I

Falta de registro vehicular en el caso de unidades procedentes de otros estados o del extranjero

Multa 20 a 40 UMA

31

Vehículo              que                no          porte guardafangos.

Multa de 10 a 20 UMA

32

Falta de refrendo vehicular anual.

Multa de 5 a 10 UMA

32

Falta de registro vehicular

Multa de 10 a 20 UMA

155, fracción II

Incumplimiento                de

obligaciones      fiscales derivados de los vehículos.

Multa de 5 a 10 UMA

155, fracción VII

Obstaculizar o impedir deliberadamente tránsito de vehículos.

Multa de 5 a 10 UMA


 

33

Cambio de carrocería o motor sin dar aviso a la Dirección.

Multa de 20 a 40 UMA

34

Realizar el registro vehicular sin haber tramitado la cancelación.

Multa de 10 a 20 UMA

42

Vehículo de servicio particular que maneje negligentemente.

Multa de 5 a 10 UMA

43, fracción I, II, III, IV, V, VII, VIII

Violación a prohibiciones de conducta vehicular.

Multa de 5 a 10 UMA

43, fracción VI

Conducción de vehículo efectuando competencias en vía pública.

Multa de 20 a 40 UMA y retiro de vehículos de circulación vial

43, fracción IX

Conducción de vehículo en sentido contrario o se invada carril de contraflujo.

Multa de 5 a 10 UMA

43, fracción X

Conducción        con                aliento alcohólico.

Multa de 10 a 20 UMA

43, fracción X

Conducción en estado de ebriedad incompleto.

Multa de 60 a 120 UMA

43, fracción X

Conducción en estado de ebriedad no apto para conducir, evidente estado de ebriedad o bajo los efectos de narcóticos.

Multa de 120 a 240 UMA

43, fracción XI

Cambiar               de                carril negligentemente.

Multa de 5 a 10 UMA

43, fracción XII, XIII

Conducción                utilizando dispositivos electrónicos u objetos que dificulten la normal conducción.

Multa de 20 a 40 UMA

43, fracción XIV

Dar vuelta a la derecha izquierda cuando haya una señal que lo prohíba.

Multa de 5 a 10 UMA

43, fracción XV

No prestar auxilio a la personas lesionadas, motivo de un hecho de tránsito.

Multa de 20 a 40 UMA


 

43, fracción XVI

Abandonar vehículo por más de 72 hrs; sin causa justificada.

Multa de 20 a 40 UMA

43, fracción XVII

Remolcar vehículos sin las debidas medidas de precaución.

Multa de 10 a 20 UMA

46

Conductor que rebase cualquier vehículo que se encuentre destino en zona de paso peatonal, sin permitir el paso de los peatones.

Multa de 20 a 40 UMA

47

Obstrucción a las funciones de los Policías de Seguridad Vial por parte de conductores o peatones.

Multa de 20 a 40 UMA

48, 49

Conductor que no respete límites de velocidad.

Multa de 20 a 40 UMA

52

Obstruir la circulación en un crucero.

Multa de 5 a 10 UMA

53

Circular violando las reglas en intersección no controladas por semáforos o policías de vialidad.

Multa de 5 a 10 UMA

55

Conducción violando las reglas de preferencias en vías primarias.

Multa de 5 a 10 UMA

56

Conducción violando reglas sobre la preferencia de paso al ferrocarril.

Multa de 20 a 40 UMA

57, 58, 59, 60

Conducción violando las reglas de sentidos y de rebase a otros vehículos.

Multa de 5 a 10 UMA

62, 63

Conducción violando reglas para cambiar de carril sin reducir velocidad o detenerse.

Multa de 5 a 10 UMA

64, 64

Conducción violando las reglas para hacer maniobras de vuelta en intersecciones.

Multa de 5 a 10 UMA


 

66

Conducción violando reglas para maniobras de reversa

Multa de 5 a 10 UMA

67

Conducción violando las reglas sobre el uso adecuado de las luces vehiculares.

Multa de 5 a 10 UMA

68

Vehículos equipados con bandas de oruga o análogos u otro uso indebido.

Multa de 20 a 40 UMA

69

Conducción violando las reglas sobre preferencia de paso de vehículos de emergencia.

Multa de 5 a 10 UMA

70

Conducción de motociclistas violando las reglas para circular.

Multa de 10 a 20 UMA

72

Violación a reglas para el adecuado estacionamiento.

Multa de 5 a 10 UMA

74

Obstaculizar el tránsito en la vía público infringiendo cualquier prohibición.

Multa de 5 a 10 UMA

75

Conducción de vehículo descompuesto violando las reglas para prevenir accidentes.

Multa de 5 a 10 UMA

76

Reparar vehículos en la vía pública, exceptuando casos de emergencias.

Multa de 5 a 10 UMA

77, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVII, XVII

Estacionar en vía pública violando las reglas de vialidad

Multa de 5 a 10 UMA

77, fracción XVI

Estacionarse prohibitivamente en lugares destinados a personas con discapacidad.

Multa de 120 a 240 UMA

80

Portar licencia para conducir, vencida.

Multa de 10 a 20 UMA


 

80

Portar licencia para conducir y no sea presentada ante la autoridad.

Multa de 20 a 40 UMA

80, 81, 83, 84, 87

Portar licencia para conducir y la misma no corresponda la modalidad en que se conduce.

Multa de 5 a 10 UMA

89

Portar permiso para conducir sin ser vigente o no portarlo.

Multa de 5 a 10 UMA

90

Conducción por un menor de edad sin permiso o fuera del horario permitido.

Multa de 10 a 20 UMA

91

Conducción violando el desacato por suspensión o cancelación de la licencia.

Multa de 20 a 40 UMA

92

Que los propietarios de vehículos de conducción a personas, sin licencia o permiso.

Multa de 20 a 40 UMA

96, 97

Violar las señales humanas así como la inobservancia a las realizadas por la Policía de Seguridad Vial.

Multa de 5 a 10 UMA

101

Violar las marcas en la superficie de rodamiento.

Multa de 5 a 10 UMA

5, 105

No disminuir la velocidad en presencia de topes, vibradores o dispositivos reductores de velocidad.

Multa de 5 a 10 UMA

107, fracción II

Conducción                violando                la disposición de luz ámbar.

Multa de 5 a 10 UMA

107, fracción III

Conducción                violando                la disposición de luz roja.

Multa de 10 a 20 UMA

110, 111, 112

Conducción de vehículos de carga violando la adecuada circulación,        exceso      de

dimensiones,   falta   de  lona,

Multa de 20 a 40 UMA


 

 

fuera de horarios permitidos o zonas prohibidas.

 

113

Conducción violando las medidas de seguridad en cuestión de transporte, carga, abastecimiento de materiales, sustancias o residuos tóxicos y peligrosos.

Multa de 120 a 200 UMA

116

Uso indebido de tarjetón o uso de tarjetón falsificado.

Multa de 120 a 240 UMA

152, último párrafo.

Conducción de vehículo el cual emita visiblemente contaminante.

Multa de 20 a 40 UMA

 

 

 

ARTICULOS

INFRACCIÓN

SANCIÓN

23, fracción I

Portar   placas   en                lugar inadecuado.

Multa de 5 a 10 UMA

23, fracción I

No          portar   tarjeta                de circulación.

Multa de 5 a 10 UMA

23, fracción I, a)

La falta de una de las placas en el vehículo, o que no están instaladas en las defensas.

Multa de 5 a 10 UMA

23, fracción I, a)

La falta de ambas placas en el vehículo.

Multa de 10 a 20 UMA

23, fracción I, b)

La           falta       de                placa     en

motocicleta.

Multa de 10 a 20 UMA

29

Que los remolques y análogos no cumplan con las debidas condiciones de seguridad.

Multa de 10 a 20 UMA

 

112

Circulación del vehículo en zona prohibida con exceso de dimensiones o fuera de horarios permitidos.

Multa de 10 a 20 UMA

23, fracción I, c)

Alterar los caracteres de las placas.

Multa de 10 a 20 UMA

23, fracción I, d)

Usar placas de ornato o no reglamentarias.

Multa de 20 a 40 UMA

23, fracción I, e) y f)

Usar placas con cualquier alteración que impidan su legibilidad

Multa de 20 a 40 UMA

23, fracción I, g)

Cuando las placas que porte el vehículo no concuerden con su registro.

Multa de 20 a 40 UMA

23, fracción II

Que los vehículos no se encuentre en condiciones adecuadas para su funcionamiento.

Multa de 10 a 20 UMA y suspensión de derecho de tránsito y transporte hasta por 90 días

23, fracción III

Falta de claxon.

Multa de 3 a 6 UMA

23, fracción X

Circulación de los vehículos de servicios de emergencias o de servicio público que no cuenten con los colores reglamentarios.

Multa de 20 a 40 UMA

23, fracción II

Vehículo que no se encuentre en buen estado de funcionamiento para que su uso se realice en aceptables condiciones de seguridad.

Multa de 3 a 6 UMA


 

 

 

 

23, fracción XVII

Portación de calcomanías en el vehículo que hagan apología de un delito.

Multa de 3 a 6 UMA

23, fracción XV

Circulación de vehículo cristalizados o cubiertos de pintura o materiales reflejantes los cuales tengan una transparencia de al menos del 75%.

Multa de 10 a 20 UMA

24, fracción VIII

Conductor sorprendido sin portar concesión o permiso experimental vigente.

Multa de 200 a 300 UMA

27

Que las motocicletas no se encuentren en adecuadas condiciones.

Multa de 10 a 20 UMA

28

Que las bicicletas o bicimotos no se encuentren en condiciones óptimas.

Multa de 3 a 6 UMA

32, fracción I

Falta de registro vehicular en el caso de unidades procedentes de otros estados o del extranjero

Multa 20 a 40 UMA

31

Vehículo              que                no          porte guardafangos.

Multa de 10 a 20 UMA

32

Falta de refrendo vehicular anual.

Multa de 5 a 10 UMA

32

Falta de registro vehicular

Multa de 10 a 20 UMA

155, fracción II

Incumplimiento                de

obligaciones      fiscales derivados de los vehículos.

Multa de 5 a 10 UMA

155, fracción VII

Obstaculizar o impedir deliberadamente tránsito de vehículos.

Multa de 5 a 10 UMA


 

33

Cambio de carrocería o motor sin dar aviso a la Dirección.

Multa de 20 a 40 UMA

34

Realizar el registro vehicular sin haber tramitado la cancelación.

Multa de 10 a 20 UMA

42

Vehículo de servicio particular que maneje negligentemente.

Multa de 5 a 10 UMA

43, fracción I, II, III, IV, V, VII, VIII

Violación a prohibiciones de conducta vehicular.

Multa de 5 a 10 UMA

43, fracción VI

Conducción de vehículo efectuando competencias en vía pública.

Multa de 20 a 40 UMA y retiro de vehículos de circulación vial

43, fracción IX

Conducción de vehículo en sentido contrario o se invada carril de contraflujo.

Multa de 5 a 10 UMA

43, fracción X

Conducción        con                aliento alcohólico.

Multa de 10 a 20 UMA

43, fracción X

Conducción en estado de ebriedad incompleto.

Multa de 60 a 120 UMA

43, fracción X

Conducción en estado de ebriedad no apto para conducir, evidente estado de ebriedad o bajo los efectos de narcóticos.

Multa de 120 a 240 UMA

43, fracción XI

Cambiar               de                carril negligentemente.

Multa de 5 a 10 UMA

43, fracción XII, XIII

Conducción                utilizando dispositivos electrónicos u objetos que dificulten la normal conducción.

Multa de 20 a 40 UMA

43, fracción XIV

Dar vuelta a la derecha izquierda cuando haya una señal que lo prohíba.

Multa de 5 a 10 UMA

43, fracción XV

No prestar auxilio a la personas lesionadas, motivo de un hecho de tránsito.

Multa de 20 a 40 UMA


 

43, fracción XVI

Abandonar vehículo por más de 72 hrs; sin causa justificada.

Multa de 20 a 40 UMA

43, fracción XVII

Remolcar vehículos sin las debidas medidas de precaución.

Multa de 10 a 20 UMA

46

Conductor que rebase cualquier vehículo que se encuentre destino en zona de paso peatonal, sin permitir el paso de los peatones.

Multa de 20 a 40 UMA

47

Obstrucción a las funciones de los Policías de Seguridad Vial por parte de conductores o peatones.

Multa de 20 a 40 UMA

48, 49

Conductor que no respete límites de velocidad.

Multa de 20 a 40 UMA

52

Obstruir la circulación en un crucero.

Multa de 5 a 10 UMA

53

Circular violando las reglas en intersección no controladas por semáforos o policías de vialidad.

Multa de 5 a 10 UMA

55

Conducción violando las reglas de preferencias en vías primarias.

Multa de 5 a 10 UMA

56

Conducción violando reglas sobre la preferencia de paso al ferrocarril.

Multa de 20 a 40 UMA

57, 58, 59, 60

Conducción violando las reglas de sentidos y de rebase a otros vehículos.

Multa de 5 a 10 UMA

62, 63

Conducción violando reglas para cambiar de carril sin reducir velocidad o detenerse.

Multa de 5 a 10 UMA

64, 64

Conducción violando las reglas para hacer maniobras de vuelta en intersecciones.

Multa de 5 a 10 UMA


 

66

Conducción violando reglas para maniobras de reversa

Multa de 5 a 10 UMA

67

Conducción violando las reglas sobre el uso adecuado de las luces vehiculares.

Multa de 5 a 10 UMA

68

Vehículos equipados con bandas de oruga o análogos u otro uso indebido.

Multa de 20 a 40 UMA

69

Conducción violando las reglas sobre preferencia de paso de vehículos de emergencia.

Multa de 5 a 10 UMA

70

Conducción de motociclistas violando las reglas para circular.

Multa de 10 a 20 UMA

72

Violación a reglas para el adecuado estacionamiento.

Multa de 5 a 10 UMA

74

Obstaculizar el tránsito en la vía público infringiendo cualquier prohibición.

Multa de 5 a 10 UMA

75

Conducción de vehículo descompuesto violando las reglas para prevenir accidentes.

Multa de 5 a 10 UMA

76

Reparar vehículos en la vía pública, exceptuando casos de emergencias.

Multa de 5 a 10 UMA

77, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVII, XVII

Estacionar en vía pública violando las reglas de vialidad

Multa de 5 a 10 UMA

77, fracción XVI

Estacionarse prohibitivamente en lugares destinados a personas con discapacidad.

Multa de 120 a 240 UMA

80

Portar licencia para conducir, vencida.

Multa de 10 a 20 UMA


 

80

Portar licencia para conducir y no sea presentada ante la autoridad.

Multa de 20 a 40 UMA

80, 81, 83, 84, 87

Portar licencia para conducir y la misma no corresponda la modalidad en que se conduce.

Multa de 5 a 10 UMA

89

Portar permiso para conducir sin ser vigente o no portarlo.

Multa de 5 a 10 UMA

90

Conducción por un menor de edad sin permiso o fuera del horario permitido.

Multa de 10 a 20 UMA

91

Conducción violando el desacato por suspensión o cancelación de la licencia.

Multa de 20 a 40 UMA

92

Que los propietarios de vehículos de conducción a personas, sin licencia o permiso.

Multa de 20 a 40 UMA

96, 97

Violar las señales humanas así como la inobservancia a las realizadas por la Policía de Seguridad Vial.

Multa de 5 a 10 UMA

101

Violar las marcas en la superficie de rodamiento.

Multa de 5 a 10 UMA

5, 105

No disminuir la velocidad en presencia de topes, vibradores o dispositivos reductores de velocidad.

Multa de 5 a 10 UMA

107, fracción II

Conducción                violando                la disposición de luz ámbar.

Multa de 5 a 10 UMA

107, fracción III

Conducción                violando                la disposición de luz roja.

Multa de 10 a 20 UMA

110, 111, 112

Conducción de vehículos de carga violando la adecuada circulación,        exceso      de

dimensiones,   falta   de  lona,

Multa de 20 a 40 UMA


 

 

fuera de horarios permitidos o zonas prohibidas.

 

113

Conducción violando las medidas de seguridad en cuestión de transporte, carga, abastecimiento de materiales, sustancias o residuos tóxicos y peligrosos.

Multa de 120 a 200 UMA

116

Uso indebido de tarjetón o uso de tarjetón falsificado.

Multa de 120 a 240 UMA

152, último párrafo.

Conducción de vehículo el cual emita visiblemente contaminante.

Multa de 20 a 40 UMA