Viernes 29 Marzo 2024

Analizan amparo sobre maternidad y derecho a la seguridad social

Comunidad jurídica participa en jornadas de Derechos Humanos

Dentro de las jornadas de Derechos Humanos, este mes se abordó el tema de “Género y Seguridad Social” en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a la luz de las importantes decisiones que ha tomado el alto tribunal.

En la Casa de la Cultura Jurídica Ministro Roque Estrada Reynoso de la SCJN se dieron cita integrantes de las diferentes barras de abogados, alumnos de facultades de Derecho, así como autoridades locales.

En esta ocasión se analizó el “Amparo Directo en Revisión 3217/2018. Licencia de Maternidad y Derecho a la Seguridad Social”.

Participaron Rita de Jesús Ramírez Martínez, jueza de Control del distrito judicial de la capital del Poder Judicial del Estado; Liliana Angélica Vélez Rodríguez, catedrática de la Unidad Académica de Derecho de la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ), y Adriana Guadalupe Rivero Garza, titular de la Secretaría de las Mujeres (Semujer).

Rita de Jesús Ramírez señaló que este fallo determina porqué el patrón debe asumir la carga de pagar la licencia por maternidad en un caso prácticamente excepcional.

Dijo que la Corte detecta y decide abordar el estudio de este asunto, debido a que es una problemática de género, pues una mujer embarazada es perteneciente a un grupo vulnerable e históricamente ha sido objeto de embates para no permitírsele el trabajo cuando se encuentra en ese estado.

Indicó que es ilícito que un empleador exija que una persona no esté en gravidez. “Eso está prohibido ya por la ley a partir de la reforma a la Ley Federal del Trabajo en el año 2012. No podemos dejar de lado que es una grave situación de discriminación la que viven las mujeres embarazadas para poder acceder a una fuente de trabajo”, apuntó.

La jueza resaltó que la Suprema Corte, para poder examinar esta situación, no sólo observa el requisito de constitucionalidad, sino también que sea de interés público y de trascendencia social, asunto que cumple los requisitos.

Refirió que la resolución de la Corte busca prevenir las posibles prácticas discriminatorias a quienes manejan el derecho laboral e incluso a las propias afectadas, que son las mujeres en estado de gravidez en particular.

Además, aclara la conducta que se está esperando de las empresas, así como de las instituciones que brindan la seguridad social en protección de las mujeres embarazadas y del hijo que viene.

También pretende, en su caso, limitar obstáculos legales, cuestiones prácticas y cualquier otra circunstancia que se plantea en la realidad y que sin duda conduce a una conducta discriminatoria como ocurre hoy en día.

“Es un asunto de derecho humano debido a que no sólo es de género, ya que el Estado es garante de que toda persona adulta tenga acceso al trabajo digno y útil”, dijo Ramírez Martínez.

Afirmó que se debe proteger el derecho que tiene la mujer embarazada no sólo a acceder a un trabajo sino a mantenerlo y, sobre todo, que se le cubra su remuneración salarial durante el periodo que tiene por licencia de maternidad.

Recalcó que, en este asunto, se violan derechos fundamentales como a la salud, a tener acceso al trabajo las mujeres embarazadas, a la igualdad y a la no discriminación.

En ese sentido dio a conocer que la Corte niega el amparo a la empresa señalando que la obligación a cargo del patrón deriva de un mandato de protección a favor de la mujer trabajadora previsto en el artículo 123 de la Constitución y por ello justifica que no hay una situación de convencionalidad que ponderar.

Por último, la jueza afirmó que existe la necesidad de legislar a favor de las mujeres en desventaja debido a que históricamente las embarazadas son discriminadas en el territorio mexicano.

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