Jueves 28 Marzo 2024

Señala magistrada colusión para no sancionar a funcionarios corruptos

Raquel Velasco, presidenta del Tribunal de Justicia Administrativa

Omisión e impunidad han sido detectadas en casos en los que se dejan pasar los 5 años establecidos para que prescriban las sanciones resarcitorias contra funcionarios municipales que incurren en corrupción, señaló Raquel Velasco Macías, magistrada presidenta del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA).

Comentó que en el año a este Tribunal han llegado alrededor de 80 casos en los que, al revisar las cuentas públicas de los municipios, la Auditoría Superior del Estado (ASE) ha encontrado muchas responsabilidades resarcitorias a presidentes municipales, regidores, síndicos y tesoreros.

Explicó que estas sanciones se deben, por ejemplo, a que se dan bonos que no están autorizados, se maneja mal el presupuesto, contrataciones indebidas, el no aplicar el recurso para la obra o para el destino que está prefijado, entre otras causas.

Una vez que se emite la sanción resarcitoria al funcionario en quien se demuestra una irregularidad, ésta se remite a la Tesorería del municipio correspondiente para que la ejecuten e incluso embarguen al responsable, sin embargo, no hacen nada durante 5 años, dijo Raquel Velasco, quien omitió dar información sobre municipios o funcionarios en específico.

“Y si el término vence ayer, hoy empieza el procedimiento de ejecución forzosa. Obviamente estamos percibiendo una clara maniobra omisiva en beneficio de los responsables, pero nosotros señalamos en la resolución que no pasa desapercibida esa maniobra para favorecer a la persona que ha sido sancionada”, expuso la magistrada.

Curiosamente, dijo, apenas vencido el término de 5 años inician el procedimiento de ejecución, con lo cual el presunto infractor o quien ya está sancionado se apoya en el argumento de que ya prescribió el asunto, y ya no se puede hacer nada.

“Se nos hace gravísimo, ya lo comentamos con la Auditoría Superior del Estado, porque aquí tiene responsabilidad la persona que haya estado al frente de la Tesorería, porque durante 5 años no hubo un solo tesorero, sino que hubo según los trienios diferentes personas, pero ellos son los responsables de esa inejecución”, apuntó.

En estos casos la responsabilidad que tenía inicialmente la persona sancionada se revierte a aquél funcionario que fue omiso, no ejecutó la sanción y permitió que el caso prescribiera, pues “no es lógico que se haga tanto tiempo de una etapa procesal a otra”, agregó.

Velasco Macías enfatizó que esa inercia y omisión es algo voluntario, premeditado, que a la postre redunda en la impunidad.

“El funcionario que no actúe como lo establece la ley en cuanto a términos y en cuanto a las acciones que tiene que realizar, es también responsable y se ubica su falta en una de las figuras de faltas administrativas graves”, sentenció.

Hasta la fecha, todas las resoluciones que ha emitido el Tribunal de Justicia Administrativa en el tema de corrupción, es decir, faltas administrativas graves, han sido en el tenor de revisar la legalidad de las resoluciones que han emitido tanto la ASE como la Secretaría de la Función Pública, añadió la magistrada.

En 90% de los casos se han convalidado, otras se han anulado para efecto de que se revise alguna prueba, pero nulidades lisas y llanas han representado solo 3%.

Esto significa que en su gran mayoría el Tribunal ha convalidado las actuaciones en el tema de responsabilidades resarcitorias o en el tema de inhabilitaciones, suspensiones o cualquier otra responsabilidad administrativa, agregó.