Viernes 19 Abril 2024

Van 14 sentencias condenatorias por feminicidio en Zacatecas

Armando Ávalos, presidente del TSJEZ

En el Poder Judicial del Estado de Zacatecas desde el año 2012 en que se tipificó el delito de Feminicidio, se han radicado 32 asuntos, en los cuales se han dictado a la fecha 16 sentencias, 14 condenatorias y 2 absolutorias.

De las 16 causas en las que se ha dictado sentencia, 11 son por delitos de feminicidio consumado y 5 son por delitos de tentativa, informó Armando Ávalos Arellano, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas (TSJEZ).

En el análisis de las sentencias que se han dictado, existe una particularidad sobre la relación que existe entre la víctima y el victimario, dijo Armando Ávalos.

En 3 de los casos eran esposos, en 5 eran novios, en 1 eran hermanos, en 3 eran concubinos y en solamente 2 casos no tenían ninguna relación, lo que revela, que al menos en los asuntos en que se ha dictado sentencia, en la mayoría hay una estrecha relación entre el sujeto activo y la víctima.

En 10 de las causas en que se ha dictado sentencia, el delito se ha cometido en el interior del domicilio de la víctima.

A partir de esa información, señaló el magistrado presidente, que debe tenerse especial cuidado en relación con los delitos de violencia familiar, para evitar que ésta pueda escalar hasta llegar a la comisión de un delito de feminicidio.

Participó el magistrado como ponente en el taller denominado, “Perspectiva de Género y Análisis de las Sentencias”.

En la Casa de la Cultura Jurídica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Ministro Roque Estrada Reynoso, Ávalos Arellano llevó a cabo un análisis del tipo penal de Feminicidio.

Precisó que el feminicidio es la privación de la vida de una mujer, causada por razones de género y explicó los diversos supuestos en los que, de acuerdo con el Código Penal. existe una razón de género.

Hizo el análisis de la sentencia dictada en el caso Mariana Lima Buendía pronunciada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuya lectura recomendó a los asistentes por ser un ejemplo emblemático de la manera en que se debe juzgar con perspectiva de género.
Señaló que la tipificación de ese delito en México inició a partir de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso González, Herrera y Ramos vs México también conocido como “campo algodonero”.

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