Jueves 18 Abril 2024

Inician funciones consejos municipales electorales del Ieez

Consejo General les toma protesta

Instaló el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (Ieez) los 58 consejos que tendrán la responsabilidad de organizar las elecciones de ayuntamientos, en el ámbito de su competencia.

Con estas acciones, el Ieez cumple puntualmente el calendario del Proceso Electoral 2017 – 2018, y se encuentran en funcionamiento los 18 Consejos Distritales Electorales y los 58 municipales.

El próximo 1 de julio de 2018, en Zacatecas se renovará el Poder Legislativo, para lo cual se elegirán 30 diputados: 18 propietarios y suplentes por el principio de mayoría relativa y 12 propietarios y suplentes por el principio de representación proporcional.

De los legisladores, 2 deberán tener al momento de la elección la calidad de migrantes o binacionales.

Además, se elegirán los 58 Ayuntamientos: incluyendo en la planilla a las presidentas o presidentes municipales, sindicaturas y regidurías.

La instalación de los consejos municipales estuvo a cargo del Consejo General del Ieez, presidido por Virgilio Rivera Delgadillo.

Tendrán entre otras las siguientes atribuciones:

  • Vigilar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en esta Ley, los acuerdos y resoluciones de las autoridades electorales.
  • En caso de que el Instituto Nacional delegue la facultad en el Instituto, conocer y opinar respecto de la propuesta del Consejo Distrital correspondiente, sobre el número, tipo y ubicación de las mesas directivas de casilla, que habrán de instalarse el día de la jornada electoral, así como participar en la insaculación de los funcionarios de casilla de su municipio, y apoyar en la capacitación atendiendo al programa que establezca el órgano electoral correspondiente.
  • En los plazos establecidos, recibir y tramitar las solicitudes de registro de las planillas de candidatos a integrar Ayuntamientos, que por el principio de mayoría relativa presenten los partidos políticos, las coaliciones o los candidatos independientes.
  • Efectuar el cómputo municipal de la elección.
    Calificar la procedencia o improcedencia del recuento de votación en términos de la Ley Electoral y, en su caso, realizar los procedimientos correspondientes.
  • Declarar la validez de la elección de Ayuntamientos por el principio de mayoría relativa; y expedir la constancia de mayoría de votos a la planilla que la haya obtenido.

Al tomarles la protesta de Ley, los integrantes del Consejo General los exhortaron a conducirse bajo los principios de la legalidad, con imparcialidad e independencia.