Miércoles 24 Abril 2024

Falso, que el ayuntamiento capitalino debe regresar 15 millones a Telmex

Si bien el ayuntamiento de Zacatecas deberá regresar a Telmex parte del depósito que hizo mientras se resolvía un litigio por uso de suelo y colocación de publicidad en la vía pública, no serán los 15 millones que la compañía telefónica reclama que se le devuelvan.

En dos comunicados de Telmex, fechados los días 22 y 24 de septiembre, se asegura que la presidencia de Zacatecas, presidida por Cuauhtémoc Calderón Galván, deberá regresar los 15 millones de pesos que se habían entregado por la compañía telefónica para que no fueran embargados sus bienes mientras se realizaba el proceso legal, y como garantía.

En marzo, las autoridades capitalinas comenzaron un proceso para cobrar a la empresa por derecho de uso de suelo y la proganda que tiene, la compañìa se amparó y hace dos días el juez emitió su sentencia.

Telmex no pagará por el uso de vía pública al ayuntamiento de Zacatecas, pero sí por poner su publicidad, la cantidad aún está por definirse ya que la tesorería municipal trabaja en los montos de acuerdo a los anuncios que tiene la empresa en la capital y para replantear el cobro, a fin de no incurrir en inconstitucionalidad.

Una vez determinado ese monto, el ayuntamiento deberá regresar sólo parte del depósito de 15 millones.

La resolución del Juzgado Primero de Distrito del Estado de Zacatecas dice textualmente: “la justicia de la Unión no ampara ni protege a Teléfonos de México, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de los actos y autoridades precisados en el considerando séptimo de este fallo”.

De acuerdo a lo anterior el ayuntamiento capitalino tiene las facultades para cobrar por la publicidad que Telmex despliega en sus casetas telefónicas y los espacios donde está su infraestructura, como se señala en el Impuesto Sobre Anuncios y Propaganda.

Sin embargo, el fallo del juez también dice: “la justicia de la Unión ampara y protege a Teléfonos de México, Sociedad Anónima de Capital Variable en contra de los actos reclamados a las autoridades responsables y para los efectos precisados en los considerandos sexto y octavo de esta resolución".

Según la justicia federal, el Juzgado resolvió ampararla del derecho de uso de suelo en vía pública y, en este sentido, la Ley de Ingresos del Estado de Zacatecas, que elaboraron los diputados locales, es inconstitucional.

El cobro que hacía el ayuntamiento capitalino se basaba en esta Ley de Ingresos y, por lo tanto, era correcta, pero un juez federal determinó que esta ley estatal no se sujeta a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La respuesta del ayuntamiento capitalino a los comunicados de Telmex, que incluso amenaza con cambiar sus estrategias de negocios derivadas de las acciones emprendidas por el ayuntamiento capitalino, a continuación se pone de manera íntegra.

 

Réplica al contenido de los Boletines de Prensa enviados por Telmex a los Medios de Comunicación los días 22 y 24 de Septiembre de 2009, por alusión


Contribuir al gasto público es una obligación de los mexicanos; combatir la evasión fiscal es un deber de las autoridades fiscales.

¿Qué dijo Telmex a los medios de comunicación el pasado 22 de septiembre de 2009?

•    Que el Juzgado resolvió ampararla del derecho de uso de suelo en vía pública habida cuenta de que la Ley de Ingresos es inconstitucional (emitida por diputados locales) y no amparar a esta empresa por el impuesto sobre anuncios y propaganda colocada en las casetas de telefonía pública.

•    Que dichos anuncios tienen carácter informativo, pero que no percibe ingreso alguno de los mismos porque éstos se refieren a los servicios de telecomunicaciones que proporciona.

•    Que en caso de que las autoridades persistan en la aplicación de un impuesto, consideraría la posibilidad de replantear su estrategia de negocios programada para este municipio.

En este comunicado público, Telmex acepta que el Juez no les otorgó el amparo por concepto de Impuesto Sobre Anuncios y Propaganda; luego entonces, no les quedó duda de que el veredicto del Juez, obviamente, es que tienen que pagarle este gravamen al Municipio.

El alegato de que por los anuncios que tiene colocados en las casetas telefónicas y con los cuales hace publicidad de sus productos (internet, por ejemplo) son de carácter informativo y que por lo tanto no obtiene ingresos de ello, y peor aún la amenaza de que si se insiste por parte de esta autoridad fiscal en cobrar lo que es de interés fiscal municipal “replantearía” su estrategia de negocios, no sólo ofenden el sentido común sino que proyecta un método de ganar dinero (lo que es legal) sin pagar impuestos (lo que es ilegal).

El día de hoy, 24 de septiembre de 2009, Telmex quiere remendar lo que fue una ACEPTACIÓN PÚBLICA (que el JUEZ NO LES DIO EL AMPARO en el renglón ya mencionado), diciendo:

•    Que “Ordena juez al Ayuntamiento de Zacatecas devolver depósito de 15 millones de pesos a Telmex” y

•    Que “Engañó Municipio a la opinión pública al afirmar que disponía de esos recursos y que serían utilizados para obras en la ciudad de Zacatecas”.
Sobre el particular, da lugar a contradecir, otra vez, usando el sentido común, porque lo legal ya lo determinó un Juez Federal:

* Si el Juez no otorgó el amparo en uno de los cobros procurados, de ello se desprende OBVIAMENTE que Telmex debe de contribuir al gasto público municipal, como lo hacen el resto de contribuyentes.

* Que las multas previstas en las leyes fiscales son para COMBATIR la evasión fiscal y que tenemos presente lo que dicta el Artículo 48, Tercer Párrafo, de la Ley de Ingresos:
"Las autoridades fiscales y administrativas, al imponer las sanciones que correspondan, tomarán en cuenta la importancia de la infracción, las condiciones y conveniencia de destruir prácticas establecidas, tanto para evadir la prestación fiscal como para evitar que se infrinja en cualquier otra forma las disposiciones legales o reglamentarias".

* Que lo que no pagó Telmex en los últimos cinco años (que ya son los únicos que puede por prescripción cobrar el Gobierno Municipal) llevará también sus accesorios (recargos, por ejemplo).

* Que Telmex, fiel a su “estrategia de negocios” nunca ha pedido licencia al Municipio de Zacatecas para colocar sus casetas telefónicas en la vía pública, mucho menos para fijar sus anuncios y su propaganda, mucho menos pagar contribuciones.   OBVIAMENTE, las leyes fiscales establecen esas obligaciones, de tramitar permisos, y las SANCIONES por no hacerlo, para con ello evitar que alguien haga de la vía pública una extensión de su propiedad particular.

* Que cuando la autoridad fiscal le pidió información a Telmex respecto a su infraestructura instalada en sueldo del territorio municipal (En Enero de 2008), lisa y llanamente, no la entregó, por lo que se aplicó un procedimiento que en el medio fiscal se denomina “DETERMINACIÓN PRESUNTIVA”.

* Que como ya se ha dicho, el Juez no impidió al tesorero municipal elaborar “un nuevo oficio en el mismo sentido en cuanto al impuesto de que se trata, o bien en sentido diverso, en el que purgue los vicios de inconstitucionalidad advertidos”; si es que los hubo, y por lo que emitir un nuevo oficio desglosando el PROCEDIMIENTO DE DETERMINACIÓN PRESUNTIVA es algo sumamente fácil para esta autoridad fiscal y que una vez que pague Telmex lo que debe se le devolverá lo que tenga a favor.