Viernes 19 Abril 2024

Ricardo Monreal no violentó la ley electoral: Trijez

En Sesión Pública, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez) resolvió el procedimiento especial sancionadores promovido por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra del exgobernador de Zacatecas.

Ricardo Monreal Ávila, actualmente jefe de la Delegación Cuauhtémoc de la Ciudad de México, fue acusado del presunto uso indebido de recursos públicos y participación en actividades proselitistas en horas hábiles.

Determinó el Trijez declarar inexistentes las violaciones objeto de la denuncia interpuesta por el PRI, pues no se acreditó vulneración alguna a los principios de equidad e imparcialidad en la contienda electoral por parte del denunciado ni la utilización de recursos públicos.

Ordenan restituir a regidor de Villanueva
Resolvió el tribunal un juicio para la protección de los derechos político electorales promovido por Lorenzo de Jesús Márquez Rodríguez en contra del presidente y tesorera Municipal de Villanueva Zacatecas.

Privarlo del ejercicio de su función como regidor, así como de la falta de pago de las dietas a partir de marzo, fue el motivo del procedimiento interpuesto por Márquez Rodríguez.

Determinó el pleno que efectivamente el alcalde de Villanueva dejó de reconocer al actor en su calidad de regidor sin que hubiese fundado y motivado su decisión.

Ordenaron los magistrados restituir a Lorenzo de Jesús Márquez en su función de regidor hasta el término del periodo para el que fue electo, así como el pago de dietas pendientes a que tiene derecho.

Insuficientes, pruebas de dádivas por parte de Blas Ávalos
También se resolvió el procedimiento especial sancionador promovido por el Partido del Trabajo (PT) en contra de Blas Ávalos Mireles, como candidato a alcalde de Francisco R. Murguía por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

El ahora alcalde electo había sido acusado de la supuesta entrega de dádivas que excedían el tope de gastos de campaña, a habitantes de diversas comunidades de dicho municipio.

Declararon los magistrados inexistente la violación objeto de la denuncia, pues las pruebas aportadas por el PT fueron insuficientes para acreditar los hechos.